RESOLUCIÓN N° 569
RÍO GALLEGOS, 24 de julio de 2025.-
Expediente IDUV Nº 63.472/25.-
APROBAR la documentación técnica elaborada por la Gerencia Técnica, que consta de Memoria Descriptiva, Planilla de Presupuesto, Pliego de Bases Generales Reglamentarias, Pliego de Condiciones Particulares – ANEXO al Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares - ANEXO y planos, del Llamado a Licitación Pública Nº 08/IDUV/2025, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: “SERVICIO DE ACONDICIONAMIENTO EN ÁREAS DE DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES EN HOSPITAL SECCIONAL PUERTO SANTA CRUZ DR. EDUARDO CANOSA - UNIRSE”.-
LLAMAR a Licitación Pública Nº 08/IDUV/2025, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: “SERVICIO DE ACONDICIONAMIENTO EN ÁREAS DE DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES EN HOSPITAL SECCIONAL PUERTO SANTA CRUZ DR. EDUARDO CANOSA - UNIRSE”, fijándose la fecha de apertura de las ofertas el día 20 de agosto del año 2025, a las 16:00 hs., en la Dirección Provincial de Administración de este Instituto, sito en Avenida Juan Manuel Gregores N° 480 de esta ciudad Capital.-
La VENTA de Pliegos se efectuará a través de la Dirección General de Tesorería de la Gerencia Contable y la CONSULTA de los mismos a través de la Gerencia Técnica, ambas dependientes de este Instituto sito en Avenida Juan Manuel Gregores N° 480 de esta ciudad Capital, a partir del día 1 de agosto de 2025, fijándose el valor del Pliego en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 225.759,59), ascendiendo el Presupuesto Oficial a la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 225.759.591,83).-
PUBLICAR en el Boletín Oficial e Imprenta por el término de dos (2) días y, a través de la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz, dependiente del Ministerio Secretaría General de la Gobernación, dar prensa y amplia difusión por los medios oficiales y privados de comunicación, de acuerdo a lo normado en el Decreto N° 1678/22 - ANEXO I - A - artículo 8° - Inciso a), conforme a lo establecido en la presente Resolución.-
El presente Instrumento Legal será refrendado por las señoras Gerenta Contable (a cargo de la Gerencia Administrativa) y la Gerenta Técnica del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda.-