RESOLUCIÓN N° 037
RÍO GALLEGOS, 09 de enero de 2025.-
Expediente IDUV N° 63.027/2024.-
ADJUDICAR EN VENTA la TIERRA FISCAL identificada como Manzana 382-02 - Parcela 05 - Circunscripción 07 - Sección 07 de la ciudad de Río Gallegos, con una superficie aproximada de 304,15m² sujeto a mensura, con destino a VIVIENDA UNIFAMILIAR a favor del señor Cristian Hernán ZÚÑIGA (D.N.I. N° 39.705.571), con las condiciones y plazos establecidos en la normativa vigente.-
DEJAR ESTABLECIDO que detectado el incumplimiento de alguna de las obligaciones normadas en el artículo 22° - Capítulo VII - de la Reglamentación General de Tierras y Registro Único de Postulantes IDUV (aprobada por Resolución IDUV N° 0869/23 y sus modificatorias), otorgará derecho a este INSTITUTO a dar inicio a los trámites de caducidad de la presente adjudicación en venta sin necesidad de interpelación alguna, con la pérdida de toda suma abonada, y mejoras que se encuentren enclavadas en el terreno, a favor de este Instituto.-
DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta del terreno fiscal individualizado en el artículo 1°, se fijó en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y NUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 4.074.089,25), el que será abonado por el Comprador, con una amortización de cuarenta (40) cuotas mensuales y consecutivas, o de acuerdo al Convenio Particular que se suscriba con los adjudicatarios; el que será evaluado financieramente por la Dirección de Gestión y Cobranzas de este Instituto.-
ESTABLECER que este INSTITUTO no se hace responsable por la deuda que pudiera existir con otros Entes prestatarios de servicios, estando a cargo del adjudicatario los gastos que demande la realización de la mensura.-
NOTIFICAR a través de la Dirección de Tierras, de los términos de la presente Resolución, al señor Cristian Hernán ZÚÑIGA de esta ciudad Capital.-
REMITIR por el Departamento Despacho, copia certificada de la presente Resolución, a la Municipalidad de Río Gallegos (Dirección Tierras y Catastro), para conocimiento de sus Autoridades.-