Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN I.D.U.V.-N° 0680/2024
Edición del 10 Diciembre 2024
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Resoluciones Sintetizadas / publicado el 17 Octubre 2024 / BO 5928

RESOLUCIÓN I.D.U.V.-N° 0680/2024

RESCISIÓN DE CONTRATO - OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN EDIFICIO CUARTEL DE BOMBEROS DIVISIÓN Nº 28 - Bº ROTARY 23 EN CALETA OLIVIA - EMPRESA SUSTENTO S.A. - LICITACIÓN PÚBLICA N° 04/IDUV/2022
RESOLUCIÓN N° 680
 
RÍO GALLEGOS, 22 de agosto de 2024.-
Expediente IDUV N° 61.626/2022.-
RESCINDIR el Contrato de Obra Pública de fecha 04 de agosto de 2022, correspondiente a la Obra: “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO CUARTEL DE BOMBEROS DIVISIÓN Nº 28 - Bº ROTARY 23 EN CALETA OLIVIA”, tramitada bajo Licitación Pública N° 04/IDUV/2022, ratificado por Resolución IDUV N° 1549 de fecha 09 de agosto de 2022, por culpa imputable a la empresa SUSTENTO S.A., y que le fuera adjudicada oportunamente mediante Resolución IDUV N° 1522 de fecha 29 de julio de 2023, a su anterior denominación “MATA NEGRA S.A.” (CUIT 30-70815268-0).-
NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a la empresa SUSTENTO S.A. (CUIT 30-70815268-0) en el domicilio sito en calle Juan Manuel Belgrano Nº 246 de Río Gallegos.-
NOTIFICAR a la empresa SUSTENTO S.A., que dentro de los diez (10) días hábiles de notificada podrá interponer contra esta Resolución recurso de reconsideración (artículo 84°, Decreto Nº 181/79), y de alzada (artículo 94°, Decreto Nº 181/79) dentro de los quince (15) días hábiles de notificada esta Resolución; la interposición de recurso de reconsideración no suspenderá el plazo del recurso de alzada.-
INSTRUIR a la Dirección General de Administración para que retenga en los términos del artículo 46°, Ley Nº 2743 de todo crédito que tenga SUSTENTO S.A., a percibir la suma de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 8.285.786,51) en concepto de saldo se Anticipo Financiero por trabajos pendientes de ejecución, y el importe de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 9.890.522,51) en concepto de efectivización de la Garantía de Ejecución de Contrato.-
NOTIFICAR, de la presente Resolución, a la TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA dependiente del MINISTERIO ECONOMÍA, FINANZAS E INFRAESTRUCTURA, a SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO (SPSE), a FOMICRUZ S.E., a DISTRIGAS S.A., al INSTITUTO DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, a LOTERÍA PARA OBRAS DE ACCIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ (LOAS), al CONSEJO AGRARIO PROVINCIAL (CAP), a la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL (CPS), a la CAJA DE SERVICIOS SOCIALES (CSS), al CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN (CPE), al INSTITUTO DE SEGUROS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ (I.S.PRO), a la CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, y al TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, para que retengan en los términos del artículo 46°, Ley Nº 2743 toda suma de dinero que la empresa SUSTENTO S.A., tengan a percibir por ante tales Reparticiones y Organismos, hasta satisfacer los importes detallados en el artículo 4º de esta Resolución, debiendo acreditar las sumas retenidas en la Cuenta Única del Tesoro Provincial CBU 08600011 01800080100990 - CUIT 30-70253399-2, titularidad del Gobierno Provincial por ante el BANCO SANTA CRUZ S.A., dentro de las veinticuatro (24) hora de producida la retención.-
NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho de los términos de la presente Resolución, a la empresa ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., en el domicilio sito en calle El Cano Nº 294, a los efectos de la Póliza de Seguro Caución Nº 220240322831 emitida el 02 de agosto de 2022, donde intervino como Tomador de la empresa MATA NEGRA S.A. (CUIT 30-70815268-0).-
INSTRUIR a la Dirección Provincial Técnica para que se constituya en el pie de Obra a los fines de relevar su estado de avance comparándolo con los trabajos relevados en las fojas de medición; para el caso de detectar diferencias a favor de este Instituto, deberá estimarlas, dándole oportuna intervención a la Dirección de Seguimiento de Obras a los efectos de su liquidación; tales labores deberán ser realizadas conforme los últimos precios redeterminados.-
INSTRUIR a la Dirección Provincial Legal para que una vez elaborado el Informe requerido en el artículo 7º de la presente Resolución, formule la pertinente denuncia penal ante el Sr. Juez de Instrucción Penal que por turno corresponda, para investigar la presunta comisión del delito de estafa en perjuicio de la Administración Pública (artículo 174, inciso 5º, Código Penal), donde el Sr. Raúl Fernando MAGDALÓN tendría el presunto rol de autor intelectual en su condición de Representante Técnico (artículo 45°, Código Penal).-
REMITIR copia de la presente Resolución a la SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y al REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS, a sus efectos.-

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI