RESOLUCIÓN N° 576
RÍO GALLEGOS, 12 de julio de 2024.-
Expediente IDUV Nº 52.439/13/2016.-
TOMAR CONOCIMIENTO de la Escritura N° 111 de fecha 05 de septiembre de 2014, pasada ante Susana Cristina BUNGE, Escribana titular del registro notarial N° 12 de la localidad de Caleta Olivia, mediante la cual, la señora Azucena Elizabeth NEIRA (D.N.I. N° 32.086.819) cede y transfiere a favor del señor Santiago Misael OJEDA ARIAS (D.N.I. Nº 92.754.262) los derechos y acciones que tiene, le corresponde y pertenece sobre la adjudicación en venta, de la unidad habitacional identificada como Parcela 008, Manzana 36, Circunscripción 01, Sección 07, perteneciente a la Obra: “Construcción de diez (10) viviendas de dos (2) dormitorios sector 4 correspondiente a la 1° etapa del programa federal Plurianual en la localidad de Caleta Olivia”, aceptando este último en conformidad; la que forma parte de la presente Resolución como ANEXO I de un (1) folio.-
TITULARIZAR la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Circunscripción 01 – Sección 07 – Manzana 36 – Parcela 008, de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE DIEZ (10) VIVIENDAS DE DOS (2) DORMITORIOS, SECTOR 4 CORRESPONDIENTE A LA 1° ETAPA DEL PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL EN LA LOCALIDAD DE CALETA OLIVIA”, a favor del señor Santiago Misael OJEDA ARIAS (D.N.I. Nº 19.073.557), de nacionalidad argentino naturalizado, nacido el día 23 de noviembre de 1978 y de estado civil divorciado.-
DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional mencionada en el artículo precedente, se fijó en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 138.593,00), de acuerdo a lo resuelto en el artículo 2° de la Resolución IDUV N° 3125/2010.-
DAR POR CANCELADO el crédito Código IPZ104-045-316008, correspondiente a la vivienda indicada en el artículo 2° de la presente Resolución.-
AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio de la unidad habitacional indicada en el artículo 2° de la presente Resolución, a favor del señor Santiago Misael OJEDA ARIAS (D.N.I. Nº 19.073.557), de estado civil divorciado.-
DEJAR ESTABLECIDO que los gastos que demande la confección de la escritura deberán ser afrontados en su totalidad por el citado beneficiario.-
NOTIFICAR a través de la Delegación IDUV de Caleta Olivia, de los términos de la presente Resolución, al señor Santiago Misael OJEDA ARIAS en el domicilio sito en calle Presidente Perón N° 1480 – B° Vista Hermosa de la misma Localidad.-