RESOLUCIÓN N° 545
RÍO GALLEGOS, 27 de junio de 2024.-
Expediente IDUV N° 50.218/41/2015.-
DESADJUDICAR por transgresión al artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - artículo 18º del mismo plexo legal, y la causal de falta de ocupación estable, permanente, y mora, la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 03, correspondiente a la Obra: “PLAN 26 VIVIENDAS PARA TRABAJADORES DE LA SALUD EN RÍO TURBIO”, cuyo titular fuera el señor Carlos Bonifacio PAREDES FLORES (D.N.I. N° 17.913.206).-
RESOLVER todo Contrato y/o Instrumento legal oportunamente suscripto entre el señor Carlos Bonifacio PAREDES FLORES (D.N.I. N° 17.913.206) y este Instituto.-
NOTIFICAR a través del Departamento Despacho, de los términos de la presente Resolución, al señor Carlos Bonifacio PAREDES FLORES en el domicilio sito en Casa N° 03 del Plan 26 Viviendas Para Trabajadores de la Salud en Río Turbio.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de inmueble individualizado en el artículo 1° de la presente Resolución, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Avenida Juan Manuel Gregores N° 480 de esta ciudad Capital, o en la oficina de la Delegación de Río Turbio, bajo apercibimiento de proceder mediante mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-
REMITIR, por el Departamento Despacho, copia de la presente Resolución a la Municipalidad de Río Turbio, para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.-