RESOLUCIÓN N° 0309
RÍO GALLEGOS, 13 de marzo de 2023.-
Expediente IDUV N° 46.426/54/2010.-
DESADJUDICAR por transgresión al artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - artículo 18º del mismo plexo legal, y la causal de falta de ocupación estable y permanente, y mora, la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 35 de la Obra: “PLAN 50 VIVIENDAS CONVIVIR EN PUERTO DESEADO”, cuyos titulares fueran la señora Alejandra Elizabeth SALAZAR (D.N.I. N° 30.546.874) y el señor Cristian Daniel VERA (D.N.I. N° 28.789.016).-
RESOLVER todo Contrato y/o instrumento legal oportunamente suscripto entre la señora Alejandra Elizabeth SALAZAR (D.N.I. N° 30.546.874), el señor Cristian Daniel VERA (D.N.I. N° 28.789.016) y este INSTITUTO.-
NOTIFICAR fehacientemente, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a la señora Alejandra Elizabeth SALAZAR y el señor Cristian Daniel VERA, en el domicilio sito en Casa N° 35 - Plan 50 Viviendas Convivir en Puerto Deseado.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Avenida Juan Manuel GREGORES N° 480 de esta ciudad Capital, o en la oficina de la Delegación IDUV de Puerto Deseado, bajo apercibimiento de proceder mediante mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-
REMITIR copia de la presente Resolución a la Municipalidad de Puerto Deseado, para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.-