RESOLUCIÓN N° 2351
RÍO GALLEGOS, 23 de noviembre de 2022.-
Expediente IDUV Nº 046.824/54/2020.-
AUTORIZAR la PERMUTA solicitada por el señor Federico Lorenzo MÉNDEZ (D.N.I. N° 7.330.797), adjudicatario de la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 13, correspondiente a la Obra: “PLAN 52 VIVIENDAS SECTOR III EN RÍO GALLEGOS”; y el señor Dante Antonio VÁSQUEZ (D.N.I. N° 26.665.582) y la señora Costanza SENA (D.N.I. N° 30.144.150), adjudicatarios de la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 60, correspondiente a la Obra: “PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I EN EL CALAFATE”.-
DEJAR SIN EFECTO la adjudicación en venta dispuesta mediante Resolución IDUV N° 4273 de fecha 12 de octubre de 2007, sobre la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 13, correspondiente a la Obra: “PLAN 52 VIVIENDAS SECTOR III EN RÍO GALLEGOS”, a favor del señor Federico Lorenzo MÉNDEZ (D.N.I. N° 7.330.797).-
DEJAR SIN EFECTO la adjudicación en venta dispuesta mediante Resolución IDUV N° 5063 de fecha 05 de diciembre de 2007, sobre la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 60, correspondiente a la Obra: “PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I EN EL CALAFATE”, a favor del señor Dante Antonio VÁSQUEZ (D.N.I. N° 26.665.582) y la señora Costanza SENA (D.N.I. N° 30.144.150).-
ADJUDICAR EN VENTA la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 13, correspondiente a la Obra: “PLAN 52 VIVIENDAS SECTOR III EN RÍO GALLEGOS”, a favor del señor Dante Antonio VÁSQUEZ (D.N.I. N° 26.665.582), de nacionalidad argentina, nacido el día 09 de julio de 1978 y la señora Costanza SENA (D.N.I. N° 30.144.150), de nacionalidad argentina, nacida el día 28 de abril de 1983, casados entre sí.-
DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional indicada en el artículo precedente, se fijó en la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 986.531,43), quedando un saldo capital pendiente al mes de noviembre de 2022, por la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CON VEINTIÚN CENTAVOS ($ 61.300,21), el que será abonado por los Compradores, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio; una amortización de ciento ochenta y cuatro (184) cuotas o Convenio particular que se suscriba con los adjudicatarios, procediendo a efectuar descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleados de Entes con los que el IDUV tenga Convenios para tal fin.-
ADJUDICAR EN VENTA la unidad habitacional de dos (2) dormitorios, identificada como Casa N° 60 correspondiente a la Obra: “PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I EN EL CALAFATE”, a favor del señor Federico Lorenzo MÉNDEZ (D.N.I. N° M7.330.797), de nacionalidad argentina, nacido el día 20 de enero de 1942 y de estado civil viudo.-
DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional indicada en el artículo precedente, se fijó en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 997.876,32), quedando un saldo capital pendiente al mes de noviembre de 2022, por la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 96.249,38), el que será abonado por el Comprador, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio; una amortización de ciento ochenta y ocho (188) cuotas o Convenio particular que se suscriba con el adjudicatario, procediendo a efectuar descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleado de Entes con los que el IDUV tenga Convenios para tal fin.-
DEJAR ESTABLECIDO que se deberán reconocer los montos abonados en concepto de cuotas de amortización, realizado por el señor Federico Lorenzo MÉNDEZ (D.N.I. N° M7.330.797) y el señor Dante Antonio VÁSQUEZ (D.N.I. N° 26.665.582) y la señora Costanza SENA (D.N.I. N° 30.144.150), en cada una de sus viviendas respectivamente.-
SUSCRIBIR los respectivos Boletos de Compraventa entre los adjudicatarios y este INSTITUTO de acuerdo a la normativa vigente.-
AUTORIZAR la suscripción oportuna de las correspondientes Escrituras Traslativas de Dominio con hipoteca en primer grado a favor de este INSTITUTO.-
NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho, de los términos de la presente Resolución a los adjudicatarios, en los domicilios indicados en los artículos 4° y 6° de la presente.-
REMITIR copia de la presente Resolución, a la Municipalidad de El Calafate y a la Municipalidad de Río Gallegos (Departamento de Tierras y Catastro) para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegaciones IDUV, con asiento en la localidad de El Calafate.-