RESOLUCIÓN N° 1485
RÍO GALLEGOS, 22 de julio de 2022.-
Expediente IDUV N° 61.831/2022.-
APROBAR la documentación técnica elaborada por la Dirección General de Diseño y Urbanismo, que consta de Planilla de Cotización, Pliego de Bases Generales Reglamentarias, Pliego de Condiciones Particulares - ANEXO, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares - ANEXO y planos, del Llamado a Licitación Pública N° 22/IDUV/2022, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN TALLERES DE ENSEÑANZA PRÁCTICA, AULAS, SANITARIOS, DEPÓSITOS, SALA DE PROFESORES Y SALA DE MÁQUINAS DEL CENTRO EDUCATIVO DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL N° 9 DE LA LOCALIDAD DE COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA - SANTA CRUZ - UNIRSE".-
LLAMAR a Licitación Pública N° 22/IDUV/2022, tendiente a contratar la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN TALLERES DE ENSEÑANZA PRÁCTICA, AULAS, SANITARIOS, DEPÓSITOS, SALA DE PROFESORES Y SALA DE MÁQUINAS DEL CENTRO EDUCATIVO DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL N° 9 DE LA LOCALIDAD DE COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA - SANTA CRUZ - UNIRSE”, fijándose la fecha de apertura de las ofertas el día 19 de agosto de 2022, a las 11:00 hs., en la Dirección General de Administración, sita en Avenida Juan Manuel Gregores N° 480 de esta ciudad Capital.-
La Venta de Pliegos se efectuará por Dirección de Tesorería dependiente de la Dirección General de Administración, y la Consulta de los mismos en Dirección Provincial Técnica, sitas en Avenida Juan Manuel Gregores N° 480 de esta ciudad Capital, a partir del día 29 de julio de 2022, siendo el valor del Pliego de PESOS CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 105.761,58), ascendiendo el Presupuesto Oficial a la suma total de PESOS CIENTO CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 105.761.575,92).-
PUBLICAR en el Boletín Oficial por el término de tres (3) días y, a través de la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública, dependiente del Ministerio Secretaría General de la Gobernación, dar prensa y amplia difusión por los medios oficiales y privados de comunicación, de acuerdo a lo normado en el Artículo 31° de la Ley N° 760.-