Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN M.P.C.eI./S.E.P.yA.-N° 0337/2026 - P1/3
Edición del 03 Noviembre 2026
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Resoluciones Completas / publicado el 03 Noviembre 2026 / BO 6172

RESOLUCIÓN M.P.C.eI./S.E.P.yA.-N° 0337/2026 - P1/3

OTORGAR - PERMISO DE PESCA COMERCIAL DE ALTURA CON EXCLUSIÓN DE CENTOLLA - BUQUE FRESQUERO “FEIXA” - EMPRESA: BP FEIXA S.A.
RESOLUCIÓN N° 337
 
RÍO GALLEGOS, 05 de octubre de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 443.018/26; y
CONSIDERANDO:
Que en actuado de referencia la empresa BP FEIXA S.A. solicita permiso de pesca comercial de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz para el año 2026, para el Buque Pesquero Fresquero del que resulta propietaria “FEIXA” (Mat. 0529);
Que la empresa BP FEIXA S.A., con domicilio en calle Dr. Héctor Fadul N° 382 de la ciudad de Río Gallegos, cuenta con un contrato de colaboración empresarial con la firma VEPEZ S.A, con domicilio en calle José Hernández N° 1042, 1° Piso, de la ciudad de Caleta Olivia;
Que la empresa BP FEIXA S.A. es locataria del buque pesquero fresquero “FEIXA” (Mat. 0529);
Que la empresa BP FEIXA S.A., constituye domicilio legal en calle Dr. Héctor Fadul N° 382, de la ciudad de Río Gallegos y electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra solicitud de Permiso Provincial de Pesca;
Que a fojas 32/38 obran Anexos I al IV del Decreto N° 1875/90;
Que a fojas 42 obran Acta de Directorio y Asamblea de la firma BP FEIXA S.A.;
Que a fojas 43/44 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz (ASIP),
Que a fojas 45 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz (Un.E.Po.S.C.); 
Que a fojas 46 obra Declaración Jurada de exportaciones por puertos de Santa Cruz;
Que a fojas 48/83 obran copias del Formulario 931 ARCA, más comprobante de pago de cada periodo de la empresa BP FEIXA S.A.;
Que a fojas 84 obra constancia de pago del Arancel Anual de Pesca, conforme lo establece la Resolución MPCI-N° 065/23 en su Artículo 3°, acorde el tipo de permiso y tipo de buque;
Que a fojas 88/94 obra Convenio de Colaboración Empresarial entre las partes: VEPEZ S.A./BP FEIXA S.A.;
Que a fojas 95 obra Nota N° 155/F.E./2026 extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz, informando que la empresa BP FEIXA S.A. no presentan actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 96 obra Certificado de Libre Deuda N° 43 DAP/SEPyA/2026 extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras, de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura;
Que a fojas 97/98 obra Certificado de Matrícula vigente y legalizado, según lo acreditado;
Que a fojas 99/103 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación, por Prefectura Naval Argentina y legalizado, vigente hasta el 26/01/2029;
Que a fojas 104 obra Certificado de Capacidad de Bodega legalizado;
Que a fojas 105/106 obra Certificado Nacional de Arqueo legalizado;
Que a fojas 107/116 obra Contrato de locación del buque pesquero fresquero “FEIXA” (Mat. 0529);
Que a fojas 123/125 obra Certificado legalizado del Permiso Nacional de Pesca provisorio vigente hasta el 29/10/2026, según lo acreditado;
Que a fojas 126 obra Certificado de Inscripción en el Registro de Armadores de la empresa BP FEIXA S.A. vigente hasta el 25/03/2030;
Que a fojas 131 obra Declaración Jurada de domicilio legal en la Provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 132 obra Declaración Jurada de la empresa BP FEIXA S.A., informando que cumple con la Legislación Ambiental Ley N° 2567;
Que por medio de la Disposición N° 004/SEPyA/2024, se estableció los requisitos que deberá cumplimentar la empresa solicitante para el otorgamiento del permiso provincial de pesca comercial marítima en la Provincia de Santa Cruz, actualizando la documentación cuando esta esté vencida y/o haya sufrido alguna modificación;
Que por medio de la Disposición N° 018/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota comercial marítima (congeladores y fresqueros) tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de Marzo;
Que mediante Disposición N° 061/SEPyA/24, se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 12/2014;
Que por medio de la Resolución MPCI-N° 077/25 se crea el “SISTEMA DE CUOTIFICACIÓN DE MERLUZA COMÚN (Merluccius hubbsi) DE LA RESERVA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 1318/26, emitido por Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 161/162;
 
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
 
1°.- OTORGAR al buque pesquero fresquero “FEIXA” (Mat. 0529) el permiso de pesca comercial de altura CON EXCLUSIÓN DE CENTOLLA, con carácter intransferible, precario y provisorio.-
2°.- AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente y hasta el 28 de febrero de 2027 a la empresa BP FEIXA S.A. - CUIT N° 30-71533456-5 con domicilio en calle Dr. Héctor Fadul N° 382 de la ciudad de Río Gallegos, y domicilio electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (donde serán válidas todas las notificaciones) a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz, excluida la pesca al Sur del paralelo 47° S, con el buque pesquero fresquero “FEIXA” (Mat. 0529) en un todo y de acuerdo a la Resolución MPCI-N° 077/25 y en lo expresado en los considerandos de la presente.-
3°.- ESTABLECER que la empresa BP FEIXA S.A. - CUIT N° 30-71533456-5 está sujeta a dar cumplimiento con el Convenio de Colaboración Empresarial que mantienen con la firma BP FEIXA S.A. - CUIT N° 30-715334565, donde deberán procesar toda la materia prima capturada por el buque pesquero fresquero “FEIXA” (Mat. 0529), en un todo y de acuerdo con la Resolución N° 077/MPCI/2025.-
4°.- ESTABLECER que la empresa BP FEIXA S.A. - CUIT N° 30-71533456-5, deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el Artículo 9° de la Disposición N° 061/SEPyA/2024.-
5°.- ESTABLECER que la empresa BP FEIXA S.A. - CUIT N° 30-71533456-5, deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, Unidad Ejecutora Portuaria, todos ellos de la Provincia de Santa Cruz, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
6°.- ESTABLECER que la empresa deberá presentar las declaraciones juradas de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico) e informar el destino de las mismas, como así también dar estricto cumplimiento a la Resolución MPCI-Nº 077/25 y a la legislación provincial pesquera.-
7°.- ESTABLECER que la asignación de la cuota social provincial de merluza común (Merluccius hubbsi), deberá ser descargada y procesada en su totalidad en plantas de la Provincia de Santa Cruz en un todo y de acuerdo con la Resolución MPCI-Nº 077/25.-
8°.- ESTABLECER que la inobservancia o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.- 
9°.- REFRENDARÁ el presente Instrumento Legal el Secretario de Estado de Comercio e Industria a cargo de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura.-
10°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificara a los administrados y/o empresa pesquera) asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones; Honorable Tribunal de Cuentas; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI