RESOLUCIÓN N° 281
RÍO GALLEGOS, 24 de agosto de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 442.541/2026; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia la razón social CARLOS HORACIO TERENZI solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz para el año 2026, para el Buque Pesquero Artesanal del que resulta propietario “DON CARLOS I” (Mat. 02358);
Que la razón social CARLOS HORACIO TERENZI, constituye domicilio legal en calle Mascarello N° 1764 de la ciudad de Caleta Olivia, y domicilio electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 03/06 obra Escritura del buque pesquero “DON CARLOS I” (Mat. 02358);
Que a fojas 07 obra Certificado de UN.E.PO.S.C.;
Que a fojas 09/40 obran F-931 más comprobantes de pago de cada período;
Que a fojas 42/43 obran Constancias de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución Nº 065MPCI/2025;
Que a foja 44 obra Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Pescadores Artesanales, bajo el Nº 09;
Que a foja 45 obra Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Embarcaciones Pesqueras Artesanales, bajo el Nº 09;
Que a fojas 46 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal de ASIP;
Que a fojas 48/49 obra Certificado de Matricula extendido por la PNA;
Que a fojas 50 obra Certificado de Seguridad de la Navegación, hasta el 29 de agosto de 2028 inclusive;
Que a fojas 51 obra Carnet de Armador, extendido por Prefectura Naval Argentina vigente hasta el 14 de marzo del 2030;
Que a fojas 52 obra Declaración Jurada de “No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción”;
Que a fojas 77 obra Nota Nº 196/F.E./2026 extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz, informando que la Razón Social CARLOS HORACIO TERENZI no presentan actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 78 obra Certificado de libre deuda N° 49/DAP/SEPyA/2026;
Que mediante Disposición N° 005/SEPyA/2024, se estableció la normativa que deberá ser cumplimentada para la solicitud o renovación del permiso provincial de pesca artesanal comercial marítima, documentación que será presentada por parte de la empresa armadora/titulares de buques pesqueros que operen en aguas de la Provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 017/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota artesanal comercial marítima tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de mayo;
Que mediante Disposición Nº 061/SEPyA/2024, se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero Nº 12/2014;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 938/26, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 33/100;
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
1°.- OTORGAR al señor CARLOS HORACIO TERENZI (C.U.I.T. N° 20-28708064-7), el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio, para operar con buque pesquero “DON CARLOS I” (Mat. 02358).-
2°.- AUTORIZAR a partir de la firma de la presente y hasta el 30 de abril del 2027, a la razón social CARLOS HORACIO TERENZI (C.U.I.T. N° 20-28708064-7), con domicilio legal en Mascarello N° 1764 de la ciudad de Caleta Olivia, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, en Subzona a), con el buque pesquero artesanal “DON CARLOS I” (Mat. 02358), de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
3°.- ESTABLECER que la razón social CARLOS HORACIO TERENZI (C.U.I.T. N° 20-28708064-7), deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el Art. 9° Disposición Nº 061/SEPyA/2024.-
4°.- ESTABLECER que la razón social CARLOS HORACIO TERENZI (C.U.I.T. N° 20-28708064-7), deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP),Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz (Un.E.Po.S.C.), Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
5°.- ESTABLECER que la razón social CARLOS HORACIO TERENZI (C.U.I.T. N° 20-28708064-7) deberá presentar las declaraciones jurada de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico, planilla), deberán informar el destino de las mismas, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
6°. - ESTABLECER que el incumplimiento a lo señalado en los artículos precedentes y/o ante el acaecimiento de alguno de los supuestos establecidos por el Art. 24° de la Ley 2934, se producirá la caducidad automática del permiso que, mediante la presente, habilita a la pesca.-
7°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal el señor Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura.-
8°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificará a los administradores y/o empresas pesqueras), asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones, Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Honorable Tribunal de Cuentas Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz