RESOLUCIÓN N° 063
PROYECTO N° 109/2024
SANCIONADO: 23/04/2026
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
R E S U E L V E :
Artículo 1°.- SOLICITAR al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, elabore y remita a esta Honorable Cámara de Diputados un informe detallando:
- Cantidad total de informes de auditorías suscriptos por los auditores profesionales encargados de realizar el estudio de cuentas respectivo y que posteriormente son elevados a su Auditor Jefe, discriminados por los que correspondan a la Administración Central, Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado y Entes Municipales, consignando las fechas de cada uno, el organismo auditado y el auditor responsable.
- Cantidad total de informes de auditorías suscriptos por cada uno de los auditores jefes de cada área, Administración Central, Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado y Entes Municipales, que deben elevar a los vocales del Tribunal de Cuentas, consignando las fechas de cada uno, el organismo auditado y el Auditor Jefe responsable.
- Expedientes de cada Juicio de Cuentas tramitados en el Tribunal de Cuentas por año y por organismo.
- Las resoluciones o Fallos correspondientes a cada uno de los informes de auditorías mencionadas en los puntos anteriores.
- Si de acuerdo a las constancias obrantes en dichas auditorías, resoluciones o Fallos, se procedió con el inicio de algún juicio administrativo de responsabilidad contra algún funcionario, o se realizó alguna denuncia penal.
El informe requerido deberá remitirse en el plazo de quince (15) días hábiles y dividirse por periodos anuales, comenzando con la remisión del último año y así sucesivamente hasta alcanzar el total de los registros, documentos y constancias que obran en el organismo.-
Artículo 2°- SOLICITAR al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, informe si se ha remitido a esta Honorable Cámara de Diputados, la Memoria Anual de cada año, que el Tribunal de Cuentas debe enviar a esta Legislatura, de acuerdo con lo establecido en el inciso m), Artículo 19, de la Ley 500.-
Artículo 3°.- SOLICITAR que por Presidencia de esta Honorable Cámara de Diputados se verifique e informe sobre la existencia de la Memoria Anual de cada año, que el Tribunal de Cuentas debe enviar a esta Legislatura, de acuerdo con la normativa citada precedentemente.-
Artículo 4°.- SOLICITAR al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz que informe los motivos por los cuales se dejó de publicar en el sitio del organismo, la Memoria Anual mencionada en los artículos anteriores.-
Artículo 5°.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 23 de abril de 2026.-
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N° 063/2026.-
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz