TOMO: XLII - T.E.P.-
REGISTRO N°: 30
FOLIO N°: 56
RÍO GALLEGOS, 24 de septiembre de 2025.-
Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados: “TRIBUNAL ELECTORAL PERMANENTE S/ACTUACIONES SOBRE ELECCIONES DEL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS” Expte. Nº T-4318/25-T.E.P., venidos al Acuerdo para resolver, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 76/77 y vta. obra resolución dictada por este Tribunal Electoral Permanente donde en el punto 1º se ordenó la convocatoria a las primeras elecciones para la integración de los distintos órganos que compondrán el Colegio Público de la Abogacía, con el detalle de los distintos cargos a cubrir.-
Que, en esa misma ocasión se ordenó la conformación de la Junta Electoral, conforme la integración establecida en el Régimen Electoral aprobado oportunamente.-
Que, con los informes obrantes a fs. 89, 90 y 92, la Asociación de Abogados/as, el Colegio de la Abogacía y el Sr. Director General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Poder Judicial dieron debido cumplimiento a lo ordenado por este T.E.P. en los puntos 3º y 4º de la resolución de fs. 77/78 y vta., designando un (1) miembro titular y un (1) miembro suplente cada uno de ellos- para la correspondiente integración de la Junta Electoral.-
Que, por ello y atento el estado de autos, corresponde tener por conformada la Junta Electoral que intervendrá en las primeras elecciones de autoridades del Colegio Público de la Abogacía a fin de que ésta pueda confeccionar el respectivo cronograma electoral y realizar las labores que le compete conforme la Ley Nº 3913 -y sus modificatorias- y su régimen electoral. A tal fin, corresponde celebrar audiencia para notificar a todos sus integrantes del cargo conferido y para anoticiarlos de su cometido.-
Que, conforme lo expuesto y lo regulado en la Ley Pcial. Nº 3913 - modificada por Ley Nº 3942-, el ‘Régimen Electoral para la primera elección de autoridades del Colegio Público de Abogados’ (obrante en el Anexo I del Decreto Nº 0526/25) y las atribuciones conferidas por el Art. 78 y ccdtes. de la Constitución Provincial (t.o. Ley Pcial. Nº 1600), el EXCMO. TRIBUNAL ELECTORAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ,
R E S U E L V E:
1º) TENER POR CONFORMADA LA JUNTA ELECTORAL que intervendrá en el primer acto eleccionario para la integración de los distintos órganos que compondrán el Colegio Público de la Abogacía (conf. el Art. 2 del Anexo I del Decreto Nº 0526/25) y que quedará constituida de la siguiente manera:
a- Por la Asociación de Abogados de Río Gallegos: Dr. José Luis Janezak (miembro titular) y Dra. Nora Mabel Galindo (miembro suplente);
b- Por la Asoc. Colegio de la Abogacía de Santa Cruz: Dr. Ramiro Manuel Serantes (miembro titular) y Dr. Hernán Ariel Chervo (miembro suplente);
c- Por el Tribunal Superior de Justicia: Dr. Alexis Adrián Quintana (miembro titular) y Dr. Santiago Javier Álvarez (miembro suplente).-
2º) CITAR A LOS MIEMBROS -TITULARES Y SUPLENTES- integrantes de la Junta Electoral conformada en el punto 1º a una audiencia a celebrarse el día martes 30 de septiembre de este año a las 09.00 horas en el S.U.M. -Salón de Usos Múltiples- del Tribunal Superior de Justicia para que acepten el cargo conferido oportunamente y para anoticiarlos de su cometido. Notifíquese a cada integrante de la Junta Electoral.-
3º) REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE al Sr. Agente Fiscal ante este Tribunal Electoral Permanente, a la Asociación de Abogados/as, al Colegio de Abogados/as y a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de este Poder Judicial, adjuntando copia de la presente resolución. Dese amplia difusión ordenando su publicación en el Boletín Oficial y hágase saber a los medios de comunicación. Ofíciese.-
La presente resolución se dicta con la firma de cuatro miembros del Tribunal Electoral Permanente, por constituir mayoría concordante en la solución del caso, y en razón de encontrarse en uso de licencia el Dr. Daniel Mauricio Mariani (Art. 27º de la Ley Nº Uno y sus modificatorias).-
ALICIA DE LOS ÁNGELES MERCAU
Vocal A/C Presidencia
Tribunal Electoral Permanente
PAULA E. LUDUEÑA CAMPOS
Vocal
RENEÉ GUADALUPE FERNÁNDEZ
Vocal
FERNANDO MIGUEL BASANTA
Vocal
MARÍA FLORENCIA GONZÁLEZ
Secretaria
Tribunal Electoral Permanente