Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN A.S.I.P.-N° 0114/2025
Edición del 18 Diciembre 2025
Ediciones anteriores
Resoluciones Completas
« Dic 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

Secciones



Resoluciones Completas / publicado el 09 Septiembre 2025 / BO 6026

RESOLUCIÓN A.S.I.P.-N° 0114/2025

RATIFICAR - CONVENIO DE SOLICITUD DE PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE PAGOS CON LA EMPRESA MERCADO LIBRE S.A.
RESOLUCIÓN N° 114
 
RÍO GALLEGOS, 28 de agosto de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nro. 918.779/2025, las facultades otorgadas por el Código Fiscal -Ley 3486 y sus modificatorias-; y
CONSIDERANDO:
Que, a fin de continuar con la mejora continua y eficiencia de los procesos relativos a la administración y recaudación de los tributos a cargo de esta Agencia, deviene necesario el dictado de la presente norma legal con el objeto de ratificar el Convenio suscripto con la empresa MERCADOLIBRE S.R.L., CUIT 30-70308853-4 (Mercado Pago), con domicilio en Av. Caseros 3039, Piso 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el cual se encomienda a Mercado Pago prestar el servicio de procesamiento electrónico de pagos de boletas generadas en concepto de las tasas administrativas.-
Que, a través de la presente medida se busca sumar una nueva modalidad de pago a disposición de los contribuyentes y administrados que deben generar e ingresar las tasas administrativas.-
Que, cabe recordar que las tasas administrativas son las prestaciones pecuniarias que, por disposición del Código Fiscal -Ley 3486 y sus modificatorias- u otras normas fiscales, están obligadas a pagar las personas a las que la provincia de Santa Cruz les preste servicios administrativos, como retribución de los mismos.-
Que, en virtud de lo anterior y de las facultades otorgadas por el Código Fiscal en sus artículos 12 inciso a) y p) y de la Ley de Creación 3470 en su Artículo 10 incisos a), l) y r) la Agencia, puede suscribir convenios de colaboración o de cualquier otra índole con entidades públicas o privadas, con el fin de asegurar la percepción de los impuestos municipales, provinciales o nacionales y privados, con el fin de asegurar la mejor verificación, fiscalización y percepción de los impuestos, así como dictar las normas generales obligatorias en las materias en que las leyes la autorizan a reglamentar.-
Que, en esta instancia corresponde proceder a ratificar el convenio mencionado que forma parte integrante de la presente como Anexo, en el cual se detalla la cuenta recaudadora, así como la identificación de los usuarios principales designados por esta Agencia para operar la cuenta de Mercado Pago.-
Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Legal y Técnica mediante Dictamen N° 171/2025.-
Que, el suscripto posee atribuciones para el dictado de la presente, por lo establecido en el Código Fiscal -Art. 12 inciso a) y p)- y la Ley de Creación 3470 -Art. 10 incisos a), l) y r).
POR ELLO :
 
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
 
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio de Solicitud de Procesamiento Electrónico de Pagos, suscripto el 27 de agosto de 2025, entre la AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS, CUIT Nº 30-71520043-7, representada por el suscripto en carácter de Director Ejecutivo y MERCADOLIBRE S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-70308853-4, con domicilio en Av. Caseros 3039, Piso 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Sr. Jonathan STERN, en los términos que allí se establecen.-
ARTÍCULO 2°.- PASAR a la Subdirección Ejecutiva de Recaudación a sus efectos, tome conocimiento: la Dirección General de Procesos de Recaudación, PUBLICAR en el Boletín Oficial, DAR copia al Tribunal de Cuentas y cumplido, ARCHIVAR.-
 
Cr. CARLOS PIZARRO
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI