RESOLUCIÓN N° 096
RÍO GALLEGOS, 18 de julio de 2025.-
V I S T O :
El Expediente Nº 918.421/2024, el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes regulado en el Libro II – Título II – Capítulo VI del Código Fiscal Ley N° 3486 y la Resolución General Conjunta de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos de la provincia de Santa Cruz N° 5196/2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del artículo 200 y ss. del Código Fiscal -Ley N° 3486- se instaura el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Santa Cruz, de carácter obligatorio;
Que, la Resolución General Conjunta AFIP-ASIP N° 5196/2022 (Boletín Oficial de la Nación 26/05/2022), incorpora al “Sistema Único Tributario” creado por la Resolución General Conjunta (AFIP) N° 4263/2018, a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo –Anexo de la Ley N° 24.977 y sus modificatorias y complementarias- que resulten, asimismo, alcanzados por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de la provincia de Santa Cruz, a fin de simplificar la recaudación conjunta de los tributos correspondientes a ambos regímenes;
Que, en virtud del art. 203 del Código Fiscal Ley N° 3486 y sus modificatorias, los contribuyentes comprendidos en el presente régimen deberán tributar el importe fijo mensual que establezca la Ley Impositiva Anual en función de la categoría que revista en el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes Monotributo, Ley Nacional Nº 24.977;
Que, de acuerdo al art. 10 de la Ley Impositiva Provincial, la Agencia se encuentra facultada para modificar mediante resolución, el valor del importe fijo de dicho tributo;
Que, teniendo en cuenta que la última adecuación se dispuso mediante Resolución General ASIP N° 119/2024, con vigencia a partir de agosto de ese año, corresponde en esta instancia proceder a la modificación de los importes fijos correspondientes a este Régimen Simplificado;
Que, obra intervención mediante el Dictamen Nº 144/2025 de la Dirección Provincial de Legal y Técnica;
Que, la presente se dicta en el uso de las facultades otorgadas por los arts. 10 inciso q), 12 inciso b) y 206 bis del Código Fiscal –Ley Nº 3486- y el art. 10 de la Ley Impositiva Nº 3485 y sus modificatorias.
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°- MODIFICAR los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial a ingresar, según las categorías que revistan en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo (Anexo de la Ley Nacional 24.977, sus modificatorias y normas complementarias), a partir del 1 de agosto de 2025 de acuerdo al siguiente detalle:
CATEGORÍA |
IMPUESTO FIJO |
A |
$ 22.481,49 |
B |
$ 32.938,00 |
C |
$ 46.182,92 |
D |
$ 57.336,53 |
E |
$ 67.444,48 |
F |
$ 84.523,45 |
G |
$ 101.079,59 |
H |
$ 153.362,13 |
I |
$ 171.661,03 |
J |
$ 196.582,37 |
K |
$ 237.014,21 |
ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quienes corresponda, DESE al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Cr. CARLOS PIZARRO
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos