RESOLUCIÓN N° 207
RÍO GALLEGOS, 09 de junio de 2025.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 429.686/2025; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE, solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz para el año 2025, con el Buque Pesquero Artesanal del que resulta locataria “SANTOS VEGA” (Mat. 02838);
Que la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE, constituye domicilio en calle Roberto Jones N° 565 de la ciudad de Rawson, provincia de Chubut, correo electrónico proaalfrentesrl@gmail.com, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 03/04 obra Certificado de Matrícula extendido por la PNA, vigente hasta el 31 de octubre del 2025 según lo acreditado;
Que a fojas 05/06 obra Certificado de Seguridad de la Navegación, hasta el 04 de diciembre del 2029 inclusive;
Que a fojas 07/08 obra Credencial digital de Armador, extendido por Prefectura Naval Argentina vigente hasta el 31 de octubre del 2025, según lo acreditado;
Que a fojas 09/20 obra Contrato de Locación del buque pesquero “SANTOS VEGA” (Mat. 02838) vigente hasta el 31 de octubre del 2025 según lo acreditado;
Que a fojas 21 obra Declaración Jurada de “No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción”;
Que a fojas 22 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal de ASIP;
Que a fojas 23 obra Certificado de UN.E.PO.S.C.;
Que a fojas 24/40 obra F-931 de ARCA y nota firmada por Contador Público justificando inactividad de períodos de la Razón Social CRISTIAN DAMIÁN REALE;
Que a fojas 41/42 obra Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 43 obra Certificado de libre deuda N° 38/DAP/SEPyA/2025;
Que a fojas 44 obra Nota N° 045/F.E./2025 extendido por Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz, informando que la Razón Social CRISTIAN DAMIÁN REALE no presentan actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 45/46 obran Constancias de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución N° 065/MPCI/2025;
Que mediante Disposición N° 005/SEPyA/2024, se estableció la normativa que deberá ser cumplimentada para la solicitud o renovación del permiso provincial de pesca artesanal comercial marítima, documentación que será presentada por parte de la empresa armadora/titulares de buques pesqueros que operen en aguas de la provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 017/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota artesanal comercial marítima tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de mayo;
Que mediante Disposición N° 061/SEPyA/2024, se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 12/2014;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 651/25, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 64 y vuelta;
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
1°.- CONVALIDAR las tareas de pesca realizadas por el buque pesquero “SANTOS VEGA” (Mat. 02838), autorizado oportunamente mediante Nota N° 007/SEPyA/2025, Nota N° 033/SEPyA/2024, Nota N° 048/SEPyA/2024 desde el 15 de enero del 2025 y hasta el 03 de junio del corriente.-
2°.- OTORGAR al buque pesquero “SANTOS VEGA” (Mat. 02838), el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.-
3°.- AUTORIZAR a partir de la firma de la presente y hasta el 30 de abril del 2026, a la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE (C.U.I.T. N° 20-24734377-7) con domicilio en calle Roberto Jones N° 565 de la ciudad de Rawson, provincia de Chubut, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, en Subzona a), con el buque pesquero artesanal “SANTOS VEGA” (Mat. 02838), de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
4°.- ESTABLECER que la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE (C.U.I.T. N° 20-24734377-7), deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el Art. 9° Disposición N° 061/SEPyA/2024.-
5°.- ESTABLECER que la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE (C.U.I.T. N° 20-24734377-7), deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP), Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz (Un.E.Po.S.C.), Dirección Provincial de Administración Pesquera dependiente de esta Secretaría.-
6°.- ESTABLECER que la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE (C.U.I.T. N° 20-24734377-7) deberá presentar las declaraciones jurada de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico, planilla mensual de producción), deberán informar el destino de las mismas, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
7°.- ESTABLECER que la razón social CRISTIAN DAMIÁN REALE (C.U.I.T. N° 20-24734377-7) deberá presentaren un plazo perentorio el Contrato de Locación de buque, Credencial de Armador extendida por PNA, Certificado de Matrícula actualizado, una vez que expire la validez de los documentos.-
8°.- ESTABLECER que el incumplimiento a lo señalado en los artículos precedentes y/o ante el acaecimiento de alguno de los supuestos establecidos por el art. 24 de la Ley 2934, se producirá la caducidad automática del permiso que, mediante la presente, habilita a la pesca.-
9°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura.-
9°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura.-
10°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificará a los administrados y/o empresas pesqueras), asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones, Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Honorable Tribunal de Cuentas Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz