Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0160/2025
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Edición del 14 Agosto 2025
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Resoluciones Completas / publicado el 08 Julio 2025 / BO 6005

RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0160/2025

CONVALIDAR TAREAS/PESCA - BUQUE FRESQUERO VICENTE LUIS - MAT. 01075
RESOLUCIÓN N° 160
 
RÍO GALLEGOS, 16 de mayo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 429.269/25; y
CONSIDERANDO:
Que en el actuado de referencia la empresa PIEA S.A. solicita permiso de pesca comercial de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el Buque Pesquero Fresquero del que resulta propietaria “VICENTE LUIS” (Mat. 01075);
Que la empresa PIEA S.A. con domicilio en calle José Hernández 1042 piso 1° de la ciudad de Caleta Olivia, cuenta con un contrato de colaboración empresarial con la firma VEPEZ S.A. con domicilio en calle José Hernández 1042, piso 1° de la ciudad de la Caleta Olivia;
Que la empresa PIEA S.A. es propietaria del buque pesquero fresquero “VICENTE LUIS” (Mat. 01075);
Que la empresa PIEA S.A., constituye domicilio legal en calle José Hernández 1042 piso 1° de la ciudad de Caleta Olivia y correo electrónico barcos@vepez.com.ar, en los que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra solicitud de Permiso Provincial de Pesca;
Que a fojas 03/04 obra Certificado de Matrícula Actualizado;
Que a fojas 05/09 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación, extendido por Prefectura Naval Argentina, vigente hasta el 25/06/2030;
Que a fojas 10 obra nota de la empresa PIEA S.A. informando la tramitación ante PNA del Certificado de Capacidad de Bodega;
Que a fojas 12 obra Certificado Nacional de Arqueo;
Que a fojas 13/15 obra constancia de solicitud de segundas o ulteriores copias de la Escritura del buque “VICENTE LUIS” (Mat. 01075);
Que a fojas 16/22 obran Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1875/90;
Que a fojas 23/24 obra Certificado de Armador vigente hasta el 11 de diciembre del 2029;
Que a fojas 25/40 obra Acta de Asamblea y Directorio de la firma PIEA S.A.;
Que a fojas 41 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos de la provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 42 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 43 obra declaración jurada de la empresa PIEA S.A. informando que cumple con la legislación ambiental Ley N° 2567;
Que a fojas 44 obra nota firmada por Contador Público, justificando inactividad de la empresa PIEA S.A.;
Que a fojas 45/56 obra Contrato de Colaboración Empresaria: PIEA S.A., VEPEZ S.A.;
Que a fojas 57 obra declaración jurada de domicilio físico en la provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 58 obra Declaración Jurada de exportaciones por puertos de Santa Cruz;
Que a fojas 59 obra Certificado N° 27/DAP/SEPyA/2025 Libre deuda extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura;
Que a fojas 60 obra Nota N° 051/F.E./2025 extendido por Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz, informando que la Empresa, PIEA S.A. no presenta actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 71/72 obran constancias de pago del arancel anual de pesca, conforme lo establece la Resolución N° 065/MPCI/2024 acorde el tipo de permiso y tipo de buque;
Que por medio de la Disposición N° 004/SEPyA/2024 se estableció los requisitos que deberá cumplimentar la empresa solicitante para el otorgamiento del permiso provincial de pesca comercial marítima en la provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 018/SEPyA/2024 se estableció el año pesquero para la flota comercial marítima (congeladores y fresqueros) que tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde 1° marzo;
Que mediante Disposición N° 061/SEPyA/2024 se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 12/2014;
Que por medio de la Resolución N° 077/MPCI/2025 se crea el “SISTEMA DE CUANTIFICACIÓN DE MERLUZA COMÚN (Merluccius hubbsi) DE LA RESERVA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”;
Que el presente trámite se encuadra dentro de lo determinado por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1875/90 y 300/05 y sus modificatorias, las Resoluciones MPCI-Nros. 065/25 y 077/25, las Disposiciones de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura Nros. 04/24, 018/24, 061/24; y
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 607/25, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 102 y vuelta;
 
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
 
1°.- CONVALIDAR las tareas de pesca realizadas en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz por el buque pesquero fresquero “VICENTE LUIS” (Mat. 01075), autorizado oportunamente mediante Nota N° 011/SEPyA/2025, Nota N° 030/SEPyA/2025 desde el 08 de abril y hasta el 14 de mayo del corriente año.-
2°.- OTORGAR al buque pesquero fresquero “VICENTE LUIS” (Mat. 01075), el permiso de pesca comercial de altura CON EXCLUSIÓN DE CENTOLLA, con carácter intransferible, precario y provisorio.-
3º.- AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente y hasta el 28 de febrero de 2026 a la empresa PIEA S.A.- CUIT N° 30-62148476-8, a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, excluida la pesca al Sur del paralelo 47° S, con el buque pesquero fresquero “VICENTE LUIS” (Mat. 01075), y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
4°.- ESTABLECER que la empresa PIEA S.A.- CUIT N° 30-62148476-8, deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el art. 9° de la Disposición N° 061/SEPyA/2024.-
5°.- ESTABLECER que la empresa PIEA S.A.- CUIT N° 30-62148476-8, deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendido los por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, Unidad Ejecutora Portuaria, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
6°.- ESTABLECER que la empresa deberá presentar las declaraciones juradas de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico, planilla) también deberá informar el destino de las misma, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
7°.- ESTABLECER que la empresa deberá presentar dentro de los 30 día hábiles a partir de la firma de la presente, Escritura del Buque o boleto de compra venta, permiso Nacional de pesca, certificado de Bodega actualizado, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
8°.- ESTABLECER que la asignación de la cuota social provincial de merluza común (Merluccius hubbsi), deberá ser descargada y procesada en su totalidad en plantas de la provincia de Santa Cruz.-
9°.- ESTABLECER que la inobservancia o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.-
10°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura.-
11°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificara a los administrados y/o empresa pesquera) asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones; Honorable Tribunal de Cuentas; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI