RESOLUCIÓN N° 150
RÍO GALLEGOS, 13 de mayo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 429.184/2025, y
CONSIDERANDO:
Que en el actuado de referencia la razón social VEPEZ S.A., solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz para el año 2025, para el Buque Pesquero Artesanal del que resulta locataria “JULIANA S” (Mat. 02985);
Que la razón social VEPEZ S.A., constituye domicilio legal en calle José Hernández N° 1042 de la ciudad de Caleta Olivia, y domicilio electrónico barcos@vepez.com.ar, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 03/04 obra Certificado de Matrícula extendido por la PNA vigente hasta el 07 de agosto del 2025 según lo acreditado;
Que a fojas 05/09 obra Certificado de Seguridad de la Navegación extendido por la PNA vigente hasta el 05 de octubre de 2027;
Que a fojas 10 obra Constancia de Renovación del Certificado de Armador, extendido por Prefectura Naval Argentina vigente hasta el 31 de octubre del 2029;
Que a fojas 11/17 obra prórroga de contrato de locación de buque pesquero vigente hasta el 07 de agosto del 2025 según lo acreditado;
Que a fojas 18 obra Declaración Jurada de “No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción”;
Que a fojas 19 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal de ASIP;
Que a fojas 20 obra Certificado de UN.E.PO.S.C.;
Que a fojas 21/54 obran Formularios 931 AFIP, más comprobantes de pago de cada período;
Que a fojas 55/56 obra Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 57 obra Certificado N° 29/DAP/SEPyA/2025 Libre deuda extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura;
Que a fojas 58 obra Nota N° 045/F.E./2025 extendido por Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz, informando que la razón social VEPEZ S.A., no presenta actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 59/60 obran Constancias de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución Nº 065/MPCI/2025;
Que mediante Disposición Nº 061/SEPyA/2024 se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero Nº 12/2014;
Que mediante Disposición N° 005/SEPyA/2024, se estableció la normativa que deberá ser cumplimentada para la solicitud o renovación del permiso provincial de pesca artesanal comercial marítima, documentación que será presentada por parte de la empresa armadora/titulares de buques pesqueros que operen en aguas de la Provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 017/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota artesanal comercial marítima tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de mayo;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-Nº 558/25, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 76 y vuelta;
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
1°.- OTORGAR al buque pesquero “JULIANA S” (Mat. 02985), el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.-
2°.- AUTORIZAR a partir de la firma de la presente y hasta el 30 de abril del 2026, a la razón social VEPEZ S.A. (C.U.I.T. N° 30-71196009-7), con domicilio legal en calle José Hernández N° 1042 de la ciudad de Caleta Olivia, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, en Subzona a), con el buque pesquero artesanal “JULIANA S” (Mat. 02985), de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
3°.- ESTABLECER que la razón social VEPEZ S.A. (C.U.I.T. N° 30-71196009-7), deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido por Disposición Nº 061/SEPyA/2024.-
4°.- ESTABLECER que la razón social VEPEZ S.A. (C.U.I.T. N° 30-71196009-7), deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los Certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP), Un.E.Po.S.C., Dirección de Administración Pesquera, presentando cada tres meses la mencionada documentación.-
5°.- ESTABLECER que la razón social deberá presentar las declaraciones jurada de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico, planilla mensual de producción), informar el destino de las mismas, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
6°.- ESTABLECER que la razón social deberá presentar el Certificado de Matrícula actualizado y el Contrato de locación de buque actualizado, una vez vencida la prórroga de los mismos ambos vigentes hasta el 07 de agosto del 2025, según lo acreditado.-
7°.- ESTABLECER que el incumplimiento a lo señalado en los artículos precedentes y/o ante el acaecimiento de alguno de los supuestos establecidos por el art. 24 de la Ley 2934, se producirá la caducidad automática del permiso que, mediante la presente, habilita a la pesca.-
8°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal la señora Secretaria de Estado de Pesca y Acuicultura.-
9°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificará a los administradores y/o empresas pesqueras), asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones, Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Honorable Tribunal de Cuentas, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz