RESOLUCIÓN N° 238
PROYECTO N° 033/2024
SANCIONADO: 12/09/2024
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
R E S U E L V E :
Artículo 1°.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial, realizar las gestiones necesarias que garanticen a la localidad de Puerto Santa Cruz, a la ciudad de Puerto Deseado y Caleta Olivia la participación en el desarrollo productivo sobre las áreas de incidencia de cultivo de macroalgas en sus distintas especies, en acuerdo con la Ley 3273.-
Artículo 2º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Producción, Comercio e Industria; conceder a los inversores y productores locales las concesiones para la recolección, extracción, cosecha, investigación, e industrialización de algas marinas en sus correspondientes jurisdicciones y en las zonas establecidas, según las condiciones expuestas en el artículo 8° de la Ley 3273; respetando las zonas de preservación, asegurando la productividad y desarrollo evitando la extracción indiscriminada.-
Artículo 3º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial a través de la Subsecretaría de Pesca que otorgue los permisos correspondientes a los productores, como así también a las empresas inversoras en las distintas localidades, en acuerdo a lo que indica la Ley 2934 de pesca artesanal.-
Artículo 4º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Producción, Comercio e Industria y de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la intervención correspondiente para que se respete la Ley 3141 conocida como 70/30 a fin de garantizar el empleo de los habitantes de las localidades intervinientes en el proceso de extracción y producción.-
Artículo 5º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial a través de la Subsecretaría de Pesca, informes periódicos en relación al control del trabajo realizado en las zonas de explotación por parte de la o las empresas autorizadas a fin de corroborar el trabajo realizado, protegiendo de esta manera la poda descontrolada de los recursos.-
Artículo 6º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y al Ministerio de Desarrollo Social, Igualdad e Integración que antepongan los recursos necesarios para la capacitación y preparación del personal de las localidades en relación a la temática que concierne al cultivo y extracción de algas marinas para poder tener personal capacitado y preparado, contando con mano de obra de calidad y excelencia, promoviendo de esta manera personal cualificado en la materia.-
Artículo 7º.- SOLICITAR a las autoridades de aplicación correspondiente, que garantice el sostén de los ecosistemas en los que se instauren las granjas de algas, asegurando de esta manera no solo la productividad sino también el sostén de los hábitat naturales.-
Artículo 8°.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 12 de septiembre de 2024.-
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N° 238/2024.-
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz