Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN A.S.I.P.-N° 142/2024
Edición del 19 Septiembre 2024
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Resoluciones Completas / publicado el 10 Septiembre 2024 / BO 5916

RESOLUCIÓN A.S.I.P.-N° 142/2024

SUSTITUIR INCISO B) DEL ARTÍCULO 4° - RESOLUCIÓN GENERAL ASIP N° 092/2020
RESOLUCIÓN N° 142
 
RÍO GALLEGOS, 05 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
La Resolución General ASIP Nº 092/2020 y las Resoluciones General AFIP Nº 4622/2019 y Nº 5554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución General ASIP Nº 092/2020 se dispuso la adhesión de la provincia de Santa Cruz al Sistema Informático Unificado de Retención denominado sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, aprobado oportunamente por la Resolución General C.A. Nº 02/2019 de la Comisión Arbitral y sus modificatorias;
Que, en el inciso b) del artículo 4º de la citada Resolución emitida por este Organismo, se establecen las características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales de conformidad con las definidas por el artículo 2º Incisos 1) y 2) de la Resolución General AFIP Nº 4622/2019 y su modificatoria, o la que en el futuro la reemplace;
Que, tales características definidas en la normativa emitida por AFIP establecen que, para que dichas operaciones sean consideradas habituales, deben resultar iguales o superiores a la cantidad de DIEZ (10) y que su monto resulte igual o superior a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000);
Que, con la implementación de la Resolución General AFIP Nº 5554/2024 se resuelve abrogar la Resolución General AFIP Nº 4622/2019 y, atento a que ésta deja sin efecto lo establecido en el inciso b) del artículo 4º de la Resolución General ASIP Nº 092/2020, resulta necesario definir las características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales;
Que, obra dictamen Nº 206/DPLT/2024 emitido por la Dirección Provincial Legal y Técnica de este Organismo;
Que, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 3470 de Creación de la ASIP, los artículos 10º inciso n) y 12 incisos b) y g) del Código Fiscal de la Provincia de Santa Cruz y el Decreto Nº 0041/2024 de Designación del Suscripto;
POR ELLO
 
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
 
ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYASE el inciso b) del artículo 4º de la Resolución General ASIP Nº 092/2020 por el siguiente:
   “b) se reúnan en forma conjunta las siguientes características:
  1. Resulten iguales o superiores a la cantidad de DIEZ (10) y
  2. Su monto resulte igual o superior a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-)”
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución tiene vigencia a partir del 01 de setiembre de 2024.-
ARTÍCULO 3º.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quien corresponda, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Cr. ADRIÁN ADEL HAMER
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña
de Ingresos Públicos

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS