RESOLUCIÓN N° 018
RÍO GALLEGOS, 08 de febrero de 2024.-
V I S T O :
El Expediente A.S.I.P. Nº 918.205/2024, la Ley Nº 3470 de creación de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, la Ley Nº 3755 y modificatoria Nº 3810 de Administración Financiera, su correspondiente Decreto Reglamentario Nº 1678/2022 y la Resolución General A.S.I.P. Nº 001/2016;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Provincial Nº 3470 se aprobó la creación de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (A.S.I.P.) y su régimen aplicable, la cual tiene por objetivo y finalidad llevar adelante la ejecución de políticas tributarias de la provincia de Santa Cruz.
Que, la mencionada A.S.I.P., tiene a su cargo, la aplicación, fiscalización y percepción de los impuestos, tasas y contribuciones que existan, o que se establezcan en el futuro, en base a lo normado por el Código Fiscal de la Provincia, la Ley de Catastro Territorial, y las disposiciones legales, complementarias, reglamentarias y concordantes.
Que, en virtud de la norma precedentemente citada, la A.S.I.P. posee facultades suficientes para reglamentar su funcionamiento en cuanto a los aspectos estructurales, operativos y de administración del personal.
Que, en este sentido, resulta primordial alcanzar una mayor optimización, con el fin de lograr el máximo de eficiencia en la gestión de políticas públicas.
Que, mediante Resolución General A.S.I.P. Nº 001/2016 se aprobó la estructura orgánica funcional vigente, propiciándose en esta instancia la modificación de la misma con fundamento en un reordenamiento basado en criterios de economicidad y funcionalidad, que responderá directamente a una mejora de circuitos administrativos, como así también a la reducción de costos laborales de la Agencia.
Que, resulta necesario efectuar una adecuación de funciones fundamentales de la Agencia, como ser la distribución orgánica del área de Administración en orden a lo establecido mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 1389/2022, con más la incorporación de la Unidad de Auditoría Interna del Organismo con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva.
Que, también se propone la creación de la Dirección de Despacho, área esencial para la organización y confección de proyectos legales y anteproyectos de normas, que no se encontraba prevista en la estructura del ente.
Que, asimismo se dará mayor entidad a las áreas de Informática y Tecnologías de la Información, debido a que los sistemas, la seguridad informática y las bases de datos de la Agencia son administrados actualmente por terceros, quienes poseen contrato en vigencia; considerándose un riesgo al régimen tributario no poseer en el área personal calificado dependiente exclusivamente del Organismo y bajo suscripción de obligaciones donde exista una responsabilidad de índole penal ante la pérdida de información por negligencia o intencionalidad.
Que, en consecuencia, para poder cumplir con los fines indicados y su cometido, se aprueba la nueva estructura organizativa y misiones y funciones de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (A.S.I.P.) sin modificar la situación de revista de los agentes, quienes se regirán por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 1129/2018 y la Ley Nº 1831 según corresponda en cada caso, sin que ello implique mayores erogaciones presupuestarias, resultando en una reducción en relación a la estructura anterior.
Que, obra agregado Dictamen Jurídico Nº 037/2024 emitido por la Asesoría Letrada.
Que la presente se dicta en orden a lo dispuesto por la Ley Nº 3755 y modificatoria Nº 3810, Decreto Reglamentario Nº 1678/2022 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 3470 y el Decreto N° 041/2024.-
POR ELLO:
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- APROBAR la modificación de la estructura orgánico funcional de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (A.S.I.P.), de acuerdo al organigrama y a las misiones y funciones que como Anexos forman parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°.- La presente entrará en vigencia a partir del primer día hábil siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Cr. ADRIÁN ADEL HAMER
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña
de Ingresos Públicos