RESOLUCIÓN Nº 009
RÍO GALLEGOS, 17 de febrero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 002419/23 del Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Provincial N° 2756 se DECLARA de Interés Provincial, el desarrollo de la tecnología y producción del hidrógeno, en todas sus fases: obtención, almacenaje, transportes, comercialización y consumo del mismo, como fuente de energía renovable, sustentable y no contaminante;
Que, en su artículo Nº 2 CREA el Programa Provincial del Hidrógeno con el objeto de alcanzar el desarrollo tecnológico para el uso del hidrógeno como combustible y fuente de energía, a través de la investigación, la formación de recursos humanos especializados, y la producción de componentes, servicios y aplicaciones comerciales, para el logro de una industria del hidrógeno, apoyada prioritariamente en los recursos naturales y humanos de la Provincia;
Que, en su artículo Nº 7 DETERMINA que la Secretaría de Energía será la autoridad de aplicación y tendrá a cargo la formulación, ejecución y seguimiento del Programa Provincial del Hidrógeno;
Que, la Ley Provincial Nº 3067 de Creación del Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz en su artículo Nº 20 sustituye el artículo Nº 7 mencionado en párrafo anterior, el cual queda redactado “artículo 7. La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz, que tendrá a su cargo la formulación y seguimiento del Programa Provincial del Hidrógeno y la coordinación que fuera necesaria con los entes nacionales relacionados a la materia”;
Que, para la formulación y el seguimiento de un Programa Provincial del Hidrogeno, este organismo entiende la necesidad que sea con la participación de diversos entes, organismos e instituciones;
Que, en ese sentido en el mes de junio de 2022 se llevó a cabo la primera mesa de desarrollo de hidrógeno con el fin de oficializar y pautar los pasos a considerar;
Que, como consecuencia de ello y conforme surge de la normativa vigente resulta facultad del Instituto de Energía emitir la presente;
Que, la Asesoría Legal del Instituto de Energía ha tomado la intervención de su competencia;
POR ELLO:
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE ENERGÍA DE SANTA CRUZ
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°: CRÉASE la Mesa Provincial del Hidrógeno que tendrá como objetivo debatir, diseñar, proponer al poder ejecutivo los lineamientos generales para el desarrollo provincial del Hidrógeno en todas sus fases, como así también promover políticas públicas, ambientales, experimentales, comerciales, industriales e impulsar iniciativas en materia de investigación, innovación y tecnología del hidrógeno.
ARTÍCULO 2°: La Mesa Provincial del Hidrógeno estará presidida por la máxima autoridad del Instituto de Energía de Santa Cruz y/o a quien disponga, como así también por un representante de:
- Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
- Secretaría de Estado de Ambiente
- Consejo Agrario Provincial
- Comisión de Energía de la Cámara de Diputados provincial
- Instituto de Ciencia y Tecnología
- Universidades públicas/privadas
- Secretaría de Estado de Planeamiento Estratégico
ARTÍCULO 3°: Cada organismo nombrara un representante titular y un suplente a través del instrumento legal que corresponda.
ARTÍCULO 4°: La Mesa Provincial del Hidrógeno deberá establecer su reglamento interno de organización.
ARTÍCULO 5°: NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE la presente en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz y cumplido ARCHÍVESE.-
Lic. MATÍAS J. KALMUS
Presidente
Instituto de Energía de Santa Cruz