RESOLUCIÓN N° 321
RÍO GALLEGOS, 10 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente JP-N° 701.217/22 (Cuerpos IV); y
CONSIDERANDO:
Que con la puesta en vigencia de la Ley Provincial N° 3523 de Seguridad Pública, se propició la implementación de un nuevo paradigma en materia de seguridad basado en la acción coordinada y la implementación permanente entre las personas y las instituciones del Sistema Democrático, Representativo y Republicano, particularmente los organismos componentes del Sistema Institucional de Seguridad Ciudadana;
Que por Ley Provincial N° 3680, se sustituyó el artículo 1° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 3480 y su modificatoria, incorporando como Inciso i) al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N° 1165/19;
Que, entre otras funciones, se le asigna a la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN CRIMINAL dependiente del Ministerio de Seguridad, todo lo concerniente a la elaboración de Planes de Formación y Capacitación, Programas de Entrenamiento Especializado y el Planeamiento Estratégico de las Fuerzas Policiales y de Seguridad;
Que asimismo, mediante Resolución Ministerial MS-N° 106/21, se estableció que los diseños curriculares y los contenidos de capacitación, entrenamiento, cursos de ascensos y actualización llevados a cabo en el territorio provincial por el personal de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, deberán ser aprobados por la Subsecretaría mencionada precedentemente;
Que a través del Decreto Provincial N° 0407/20 de fecha 20 de abril del año 2020, en su artículo 1°, se aprueba en todas sus partes la reglamentación del artículo 10° Ter, Inciso e) del Capítulo III de la Ley Provincial N° 3480, por el cual se conforma el “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD” (SACS), tendiente a regular la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz;
Que por Decreto Provincial N° 1028/17, se aprobó la reglamentación de algunos títulos y capítulos de la Ley Provincial N° 3523 y Ley Provincial N° 746, las que engloban las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública Provincial fijan los derechos del personal policial, la organización, servicio de la Institución y funciones de sus integrantes, entre otros aspectos relacionados a la Fuerza Policial;
Que mediante Decreto Provincial N° 56/80 y su modificatoria se aprueba el Reglamento para el Funcionamiento Interno de la Escuela de Cadetes “Comisario Inspector ® Eduardo Victoriano TARET”;
Que por medio del Decreto Provincial N° 1088/81 y sus modificatorias, se aprueba el Reglamento del Régimen Docente para Profesores de Instituciones Policiales, el cual modifica parcialmente el Decreto Provincial N° 056/80;
Que por Disposición N° 07-SSPyGSC/18 de la entonces Subsecretaría de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana, se han propiciado modificaciones al Reglamento para el funcionamiento interno del Departamento Escuela de Cadetes y al Reglamento del Régimen Docente para Profesores de Institutos Policiales, a partir del Ciclo Lectivo 2018;
Que mediante Decreto Provincial N° 1250/18, se ratificó el acto administrativo citado precedentemente;
Que atento a lo conferido por el artículo 42° del Decreto Provincial N°1088/81 y en consonancia con las modificaciones establecidas en el artículo 29° de la Disposición N° 007-SSPyGSC/18, se establece la designación de Profesores con carácter “PROVISIONAL e INTERNO”, por el lapso de dos (02) años, para verificar si reúne las condiciones exigidas y gestionar la titularización, conforme la reglamentación en vigencia;
Que por Resolución Ministerial MS -N° 035/21, emanada por el Ministerio de Seguridad, se autorizó la Reapertura de la División Escuela de Formación para Agentes y Suboficiales, a partir del día 1° de noviembre del año 2020, dependiente del Departamento de Formación y Capacitación Permanente Zona Sur, dentro de la órbita de la Dirección General de Instrucción;
Que por Resolución Ministerial MS-N° 294 de fecha 23 de julio del año 2021, se aprobó el Plan de Formación para Agentes de Policía, a partir del Ciclo Lectivo Año 2021, de la División Escuela de Formación para Agentes y Suboficiales “Crio. My ® Ricardo Abel Vallejos”;
Que mediante Resolución Ministerial MS-N° 138/22, el autorizó al Jefe de Policía de la Provincia de Santa Cruz, a dar inicio al Curso de Formación para Agentes de Policía, con orientación en Auxiliares Técnicos en Seguridad, el cual se desarrolla en las instalaciones del “Departamento Escuela de Cadetes Crio. Inspector ® Eduardo Victoriano TARET” y se aprobaron las modalidades de evaluación, cursado, regularización y aprobación, el régimen de funcionamiento y organización interna, así como también, el plan de incorporación y permanencia de postulantes a Agentes de Policía Año 2022, conforme sus Anexos I, II y III;
Que mediante Disposición N° 090-SPIyDDHH/22, emanada de la Superintendencia de Personal, Instrucción y Derechos Humanos, se propusieron los nombramientos del plantel Docente en el ámbito de la División Escuela de Formación para Agentes y Suboficiales “Crio. My. ® Ricardo Abel VALLEJOS”, para el desarrollo del “CURSO DE FORMACIÓN PARA AGENTES DE POLICÍA”, correspondiente al ciclo lectivo del año 2022;
Que por Disposición N° 291-J.P./22, el Subjefe de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, ratificó el contenido de la Disposición N° 090-SPIyDDHH/22;
Que en función de ello, se propicia los nombramientos de los Profesores “Provisional e Interino”, a los Profesionales en los espacios curriculares y cargas horarias que se detallan en el ANEXO I de la presente, para el Curso de Formación para Agentes de Policía durante el Ciclo lectivo 2022;
Que, en cuanto a las remuneraciones del Plantel Docente, gozarán de las mismas remuneraciones establecidas para los docentes de la enseñanza media provincial, conforme lo dispuesto por el artículo 57° del Decreto Provincial N°1088/81;
Que asimismo, es necesario armonizar la caja curricular regulado en el Plan de Estudios, a los fines de garantizar el normal desarrollo y dictado del Ciclo Lectivo del año 2022, para lo cual se deberá propiciar la afectación del plantel Docente designado en el Curso de 2° Año del Departamento Escuela de Cadetes “Comisario Inspector ® Eduardo Victoriano TARET”, en virtud de que por cuestiones institucionales actualmente se encuentra inexistente dicho Curso y, como consecuencia, el plantel Docente se encuentra en disponibilidad para cumplir funciones en los diferentes espacios curriculares que poseen incumbencia para su respectivo dictado de manera espacio temporal, por el término que dura el Ciclo Lectivo del Año 2022 del Curso de Formación para Agentes de Policía y quienes no erogarán gastos al Estado Provincial, por percibir sus honorarios de forma permanente por el Departamento Escuela de Cadetes, los cuales se detallan en el ANEXO II que forma parte del presente instrumento legal;
Que el suscripto resulta competente, en uso de las atribuciones del artículo10° Ter de la Ley Provincial N° 3480, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley Provincial N° 3680 y normativa concordante;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen N° 087-DDAFFPPSS/2022, emitido por la Dirección de Dictámenes en Asuntos de las Fuerzas Policiales y de Seguridad dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 595/597;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
R E S U E L V E :
1º.- NÓMBRASE, como Profesores “Provisional e Interino”, en el ámbito de la División Escuela de Formación para Agentes y Suboficiales “Crio. My. ® Ricardo Abel Vallejos” para el Curso de Formación para Agentes de Policía durante el Ciclo lectivo2022, a los Profesionales en los espacios curriculares y cargas horarias que se detallan en el ANEXO I de la presente, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.-
2º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que los nombramientos establecidos en el Punto 1° de la presente, será por el lapso de dos (02) años, a partir del 14 de marzo del año 2022, conforme lo establece el artículo 42° del Decreto Provincial N° 1088/81 y las modificaciones establecidas en el artículo 29° de la Disposición N° 007-SSPyGSC/18.-
3º.- APRUÉBASE, la asignación de espacios curriculares y carga horaria del plantel Docente a disposición del Departamento Escuela de Cadetes “Comisario Insp. ®Eduardo Victoriano TARET”, para cumplir funciones en los espacios curriculares y carga horaria en el ámbito del Curso de Formación para Agentes de la División Escuela de Formación para Agentes y Suboficiales “Crio. My. ® Ricardo Abel VALLEJOS”, los cuales no erogan gastos al Estado Provincial, por percibir sus honorarios de forma permanente por el Departamento Escuela de Cadetes, de acuerdo al ANEXO II de la presente.-
4º.- FACÚLTASE, a la Subsecretaría de Formación, Capacitación y Análisis de la Información Criminal del Ministerio de Seguridad, a llevar adelante las tareas necesarias, a través de la Superintendencia de Personal, Instrucción y Derechos y sus dependientes, para poder llevar a cabo el dictado del Curso de Agentes de Policía, supervisando los planes, programas y contenidos del cursado, como así también dictarlos actos administrativos pertinentes, para la designación del plantel Docente en los espacios curriculares conforme el Plan de Estudio respectivo.-
4°.- PASE, a la Superintendencia de Personal, Instrucción y Derechos Humanos (Jefatura de Policía), comuníquese a Contaduría General, Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial, publíquese y cumplido, ARCHÍVESE.-
Dr. LISANDRO G. DE LA TORRE
Ministro de Seguridad