Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3774
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Leyes / publicado el 25 Enero 2022 / EE 5628

LEY N° 3774

CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA OFICIAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA LA CIUDAD DE CALETA OLIVIA
DECRETO N° 0047/2022 PROMULGATORIO
LEY N° 3774
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz 
Sanciona con Fuerza de:
L E Y

CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA OFICIAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA LA CIUDAD DE CALETA OLIVIA

Artículo 1.- CRÉASE en el ámbito de la ciudad de Caleta Olivia una Defensoría Pública Oficial de Niñas, Niños y Adolescentes.-
Artículo 2.- La Defensoría creada mediante el Artículo 1 tendrá actuación y competencia ante los Juzgados y Tribunales con asiento en la ciudad de Caleta Olivia, de idéntico modo a las Defensorías Públicas Oficiales de Niñas, Niños y Adolescentes, ya existentes en la Provincia de Santa Cruz; como así también actuará ante la Oficina administrativa de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de esa localidad y en los casos de la representación enunciados en el Artículo 103 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.-
Artículo 3.- El Tribunal Superior de Justicia deberá arbitrar los medios para que dentro del término de seis (6) meses de entrada en vigencia la presente ley, se inicien las actividades de la Defensoría que se crea; y se reglamente la forma en que se efectuará el traspaso de las causas y juicios que sean de su competencia, como así también se determinará el número y la categoría del personal que preste servicios en la Defensoría.-
Artículo 4.- El gasto que demande la presente se imputará al Presupuesto que anualmente se fija al Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz.-
Artículo 5.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS: 20 de Diciembre de 2021.-
CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.

Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz



DECRETO N° 0047

RÍO GALLEGOS, 20 de Enero de 2022.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Diciembre del año 2021; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley, se CREA en el ámbito de la ciudad de Caleta Olivia una Defensoría Pública Oficial de Niñas, Niños y Adolescentes.-
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 028/22, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :

Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3774 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Diciembre del año 2021, mediante la cual se CREA en el ámbito de la ciudad de Caleta Olivia una Defensoría Pública Oficial de Niñas, Niños y Adolescentes.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

C.P. QUIROGA - Sr. Leandro Eduardo Zuliani

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI