Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3922
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Edición del 03 Julio 2025
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Leyes / publicado el 27 Mayo 2025 / BO 5992

LEY N° 3922

DECLARAR - DÍA PROVINCIAL DE LAS TAREAS DE CUIDADO Y DEL TRABAJO NO REMUNERADO
LEY N° 3922
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
DÍA PROVINCIAL DE LAS TAREAS DE CUIDADO Y DEL TRABAJO NO REMUNERADO
 
Artículo 1.- DECLÁRASE el 22 de julio de cada año como “Día Provincial de las Tareas de Cuidado y del Trabajo no remunerado”, en coincidencia con el Día Internacional del Trabajo Doméstico, con el objetivo de poner en valor el trabajo doméstico, las tareas de cuidado y las acciones de apoyo para otros hogares, para la comunidad y de sensibilizar y reconocer la desigual distribución de estas tareas y el aporte de las mujeres a las mismas, en todo el ámbito de la Provincia.-
Artículo 2.- ESTABLÉCESE la realización de actividades informativas, de capacitación con el fin de sensibilizar sobre el trabajo no remunerado.-
Artículo 3.- INVÍTASE a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir en los términos de la presente.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 27 de marzo de 2025.-
 
JAVIER SANTIAGO JARA
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0361
 
RÍO GALLEGOS, 23 de abril de 2025.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de marzo del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley, se DECLARA el 22 de julio de cada año “Día Provincial de las Tareas de Cuidado y del Trabajo no remunerado”, en coincidencia con el Día Internacional del Trabajo Doméstico, con el objetivo de poner en valor el trabajo doméstico, las tareas de cuidado y las acciones de apoyo para otros hogares, para la comunidad y de sensibilizar y reconocer la desigual distribución de estas tareas y el aporte de las mujeres a las mismas, en todo el ámbito de la Provincia;
Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 16/25, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-Nº 265/25, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3922 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de marzo del año 2025, mediante la cual se DECLARA el 22 de julio de cada año “Día Provincial de las Tareas de Cuidado y del Trabajo no remunerado”, en coincidencia con el Día Internacional del Trabajo Doméstico, con el objetivo de poner en valor el trabajo doméstico, las tareas de cuidado y las acciones de apoyo para otros hogares, para la comunidad y de sensibilizar y reconocer la desigual distribución de estas tareas y el aporte de las mujeres a las mismas, en todo el ámbito de la Provincia, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - C.P. Ezequiel Ubaldino Verbes

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI