LEY N° 3926
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
DÍA PROVINCIAL DE LA CONCIENTIZACIÓN EN SEGURIDAD LABORAL MINERA
Artículo 1.- INSTITÚYESE el 9 de abril de cada año como “Día Provincial de la Concientización en Seguridad Laboral Minera”, en homenaje a los trabajadores mineros Daniel OCHOA y Rosana LEDESMA, quienes perdieron la vida durante la realización de sus tareas en el yacimiento Cerro Negro en el año 2024.-
Artículo 2.- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en conjunto con las empresas mineras que operen en la Provincia, realizará durante la segunda semana de abril de cada año, en todos los yacimientos mineros, campañas de visibilización de riesgos y sistemas de seguridad, promoviendo los derechos laborales y el cumplimiento de la responsabilidad empresarial y laboral de sus trabajadores para la efectiva aplicación de los protocolos de seguridad. El rol del Estado en la generación de políticas de seguridad en el trabajo minero es fundamental para garantizar que esta tarea, considerada una de las más peligrosas, se realice en un entorno responsable y seguro.-
Artículo 3.- INCORPÓRASE al calendario protocolar provincial lo establecido en el artículo 1, lo que permitirá la difusión de los riesgos de tales tareas que se desarrollan en condiciones de trabajo desfavorables y cuya multiplicidad de factores de riesgo presentes son inherentes a la tecnología empleada, tipo y métodos de trabajo, desarrollo, tipo de explotación y fundamentalmente al control por parte del Estado.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 10 de abril de 2025.-
JAVIER SANTIAGO JARA
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO N° 0430
RÍO GALLEGOS, 07 de mayo de 2025.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de abril del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley, se INSTITUYE el día 9 de abril de cada año como “Día Provincial de la Concientización en Seguridad Laboral Minera”, en homenaje a los trabajadores mineros Daniel OCHOA y Rosana LEDESMA, quienes perdieron la vida durante la realización de sus tareas en el yacimiento Cerro Negro en el año 2024;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 23/25, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 333/25, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3926 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de abril del año 2025, mediante la cual se INSTITUYE el día 9 de abril de cada año como “Día Provincial de la Concientización en Seguridad Laboral Minera”, en homenaje a los trabajadores mineros Daniel OCHOA y Rosana LEDESMA, quienes perdieron la vida durante la realización de sus tareas en el yacimiento Cerro Negro en el año 2024, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - C.P. Ezequiel Ubaldino Verbes