Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3889
Edición del 14 Noviembre 2024
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Leyes / publicado el 14 Noviembre 2024 / BO 5936

LEY N° 3889

PRÓRROGA “AD-REFERÉNDUM” DEL ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA Y ADMINISTRATIVA DISPUESTO POR LEY N° 3.850
LEY N° 3889
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
PRÓRROGA “AD-REFERÉNDUM” DEL ESTADO DE EMERGENCIA
ALIMENTARIA Y ADMINISTRATIVA DISPUESTO POR LEY 3850
 
Artículo 1.- APRUÉBASE el Decreto Provincial Nº 0787/24 que prorroga “ad-referéndum” de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, del Estado de Emergencia Alimentaria y Administrativa dispuesta por Ley 3850, a partir del día 30 de julio y hasta el día 30 de octubre del corriente año inclusive.-
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 26 de septiembre de 2024.-
 
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 1124
 
RÍO GALLEGOS, 21 de octubre de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de septiembre del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se APRUEBA el Decreto N° 0787/24 que prorroga “ad-referéndum” de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, del Estado de Emergencia Alimentaria y Administrativa dispuesta por Ley N° 3850, a partir del día 30 de julio y hasta el día 30 de octubre del corriente año inclusive;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 079/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-Nº 899/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :

Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3889 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de septiembre del año 2024, mediante la cual se APRUEBA el Decreto N° 0787/24 que prorroga “ad-referéndum” de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, del Estado de Emergencia Alimentaria y Administrativa dispuesta por Ley N° 3850, a partir del día 30 de julio y hasta el día 30 de octubre del corriente año inclusive, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN - Sr. José Daniel Álvarez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI