Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3882
Edición del 20 Diciembre 2024
Ediciones anteriores
Leyes
« Dic 2024 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31          

Secciones



Leyes / publicado el 15 Octubre 2024 / BO 5927

LEY N° 3882

TOMA DE PROMESA DE LEALTAD A LA BANDERA POR PARTE DE HÉROES DE MALVINAS
LEY N° 3882
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
“TOMA DE PROMESA DE LEALTAD A LA BANDERA POR PARTE DE
HÉROES DE MALVINAS”
 
Artículo 1.- ESTABLÉCESE en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, el acto de Promesa de Lealtad a la Bandera, por parte de los alumnos de 4to. grado de cada Institución Educativa, sea tomada por nuestros Héroes de Malvinas, otorgándoles un rol preponderante, en esta solemne tradición, generando un gran reconocimiento y admiración.-
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 22 de agosto de 2024.-
 
CLAUDIA FABIANA BARRIENTOS
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0991
 
RÍO GALLEGOS, 13 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley, se ESTABLECE en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, el acto de Promesa de Lealtad a la Bandera, por parte de los alumnos de 4to. grado de cada Institución Educativa, sea tomada por nuestros Héroes de Malvinas, otorgándoles un rol preponderante, en esta solemne tradición, generando un gran reconocimiento y admiración;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 70/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 853/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3882 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024, mediante la cual se ESTABLECE en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, el acto de Promesa de Lealtad a la Bandera, por parte de los alumnos de 4to. grado de cada Institución Educativa, sea tomada por nuestros Héroes de Malvinas, otorgándoles un rol preponderante, en esta solemne tradición, generando un gran reconocimiento y admiración, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - Sr. José Daniel Álvarez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI