Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3880
Edición del 17 Octubre 2024
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Leyes / publicado el 15 Octubre 2024 / BO 5927

LEY N° 3880

EMERGENCIA HABITACIONAL EN EL ÁMBITO DE LA LOCALIDAD DE “EL CHALTÉN”
LEY N° 3880
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
EMERGENCIA HABITACIONAL EN EL ÁMBITO
DE LA LOCALIDAD DE “EL CHALTÉN”
 
Artículo 1.- DECLÁRASE la Emergencia Habitacional en el ámbito de la localidad de “El Chaltén” provincia de Santa Cruz, por el término de un (1) año, prorrogable por igual periodo, con el objeto de implementar soluciones eficaces, oportunas y progresivas a fin de garantizar el acceso a la vivienda, y una adecuada planificación del entorno urbano sostenible, de conformidad a las disposiciones y normas ambientales vigentes.-
Artículo 2.- FACÚLTASE a los organismos públicos competentes, provinciales y municipales a habilitar los procedimientos administrativos y peticiones ante intendente, diputado por municipio, concejales y organismos nacionales necesarios, para implementar con la mayor celeridad y ejecutividad, las medidas tendientes a paliar el déficit habitacional dentro de los plazos establecidos en la presente norma.-
Artículo 3.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 22 de agosto de 2024.-
 
CLAUDIA FABIANA BARRIENTOS
Vicepresidenta 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0989
 
RÍO GALLEGOS, 13 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley, se DECLARA la Emergencia Habitacional en el ámbito de la localidad de “El Chaltén” provincia de Santa Cruz, por el término de un (1) año, prorrogable por igual período, con el objeto de implementar soluciones eficaces, oportunas y progresivas a fin de garantizar el acceso a la vivienda, y una adecuada planificación del entorno urbano sostenible, de conformidad a las disposiciones y normas ambientales vigentes;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 65/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-Nº 832/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3880 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024, mediante la cual se DECLARA la Emergencia Habitacional en el ámbito de la localidad de “El Chaltén” provincia de Santa Cruz, por el término de un (1) año, prorrogable por igual período, con el objeto de implementar soluciones eficaces, oportunas y progresivas a fin de garantizar el acceso a la vivienda, y una adecuada planificación del entorno urbano sostenible, de conformidad a las disposiciones y normas ambientales vigentes.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - C.P. Marilina José Jaramillo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI