Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3879
Edición del 17 Octubre 2024
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Leyes / publicado el 15 Octubre 2024 / BO 5927

LEY N° 3879

 PRÓRROGA DE CONCESIÓN HIDROCARBURÍFERA - ÁREA DENOMINADA “ANTICLINAL AGUADA BANDERA”
LEY N° 3879
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
PRÓRROGA DE CONCESIÓN HIDROCARBURÍFERA -
ÁREA DENOMINADA “ANTICLINAL AGUADA BANDERA”
 
Artículo 1.- APRUÉBASE en todas sus partes, el Acuerdo de Prórroga de Concesiones Hidrocarburíferas, suscripto entre el titular del Ministerio de Energía y Minería, Ingeniero Jaime ÁLVAREZ en representación de la provincia de Santa Cruz y el Presidente de Fomento Minero Santa Cruz Sociedad del Estado, Licenciado Oscar VERA, en relación al área denominada “Anticlinal Aguada Bandera”, el cual fuera ratificado mediante Decreto Nº 0464/24, que como Anexos forman parte integrante de la presente.-
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 22 de agosto de 2024.-
 
CLAUDIA FABIANA BARRIENTOS
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0988
 
RÍO GALLEGOS, 13 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley, se APRUEBA en todas sus partes, el Acuerdo de Prórroga de Concesiones Hidrocarburíferas, suscripto entre el titular del Ministerio de Energía y Minería, Ingeniero Jaime ÁLVAREZ en representación de la provincia de Santa Cruz  y el Presidente de Fomento Minero Santa Cruz Sociedad del Estado, Licenciado Oscar VERA, en relación al área denominada “Anticlinal Aguada Bandera”, el cual fuera ratificado mediante Decreto N° 0464/24, que como Anexos forman parte integrante de la presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 62/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-Nº 829/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3879 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto del año 2024, mediante la cual se APRUEBA en todas sus partes, el Acuerdo de Prórroga de Concesiones Hidrocarburíferas, suscripto entre el titular del Ministerio de Energía y Minería, Ingeniero Jaime ÁLVAREZ en representación de la provincia de Santa Cruz y el Presidente de Fomento Minero Santa Cruz Sociedad del Estado, Oscar VERA, en relación al área denominada “Anticlinal Aguada Bandera”, el cual fuera ratificado mediante Decreto N° 0464/24, que como Anexos forman parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Deparmento de Energía y Minería.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - Ing. Jaime Horacio Álvarez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI