LEY N° 3870
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de
LEY
3 DE JUNIO DÍA PROVINCIAL “NI UNA MENOS”
Artículo 1.- DECLÁRESE el día 3 de junio de cada año como el "Día Provincial de Ni Una Menos" en la provincia de Santa Cruz.-
Artículo 2.- DETERMÍNESE que la presente tiene por objeto concientizar y sensibilizar en la lucha contra las violencias por motivos de género hacia las mujeres y diversidades, mediante el reconocimiento del histórico movimiento social conocido como “Ni Una Menos”.-
Artículo 3.- ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Cruz, a través de los organismos competentes, promoverá y coordinará actividades de concienciación, reflexión y educación en todos los niveles educativos y en la comunidad en general sobre la violencia de género, incluyendo seminarios, talleres, conferencias y campañas de difusión.-
Artículo 4.- PROMUÉVASE la formación de redes de apoyo y contención para mujeres y diversidades que atraviesan situaciones de violencia, incentivando la creación de espacios seguros y de asistencia integral en nuestra Provincia.-
Artículo 5.- DISPÓNGASE en el ámbito de la provincia de Santa Cruz, que los medios de comunicación, públicos y privados, establecerán espacios para la difusión de contenidos que promuevan la igualdad de género, la eliminación de estereotipos y la visibilización de las problemáticas de violencia de género.-
Artículo 6.- DISPÓNGASE durante este día conmemorativo que los establecimientos públicos exhibirán información alusiva de prevención y de sensibilización con imágenes, charlas u otras metodologías durante la jornada institucional.-
Artículo 7.- La presente será reglamentada por el Poder Ejecutivo Provincial dentro de los sesenta (60) días posteriores a su promulgación.-
Artículo 8.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 08 de agosto de 2024.-
CLAUDIA FABIANA BARRIENTOS
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO N° 0920
RÍO GALLEGOS, 02 de septiembre de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 8 de agosto del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley, se DECLARA el día 3 de junio de cada año como el “Día Provincial de Ni Una Menos” en la provincia de Santa Cruz;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-N° 54/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 791/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el N° 3870 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 8 de agosto del año 2024, mediante la cual se DECLARA el día 3 de junio de cada año como el “Día Provincial de Ni Una Menos” en la provincia de Santa Cruz, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerados del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social, Igualdad e Integración.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL – Sra. Luisa Elizabeth Cárdenas