LEY N° 3865
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
DÍA DE CONCIENTIZACIÓN Y VISIBILIZACIÓN EN MEMORIA DE LAS
VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ODIO
Artículo 1.- ESTABLÉCESE el día 13 de junio de cada año, como Día de Concientización y Visibilización en Memoria de los Crímenes de Odio a la Orientación Sexual, Expresión e Identidad de Género y en Conmemoración del Transfemicidio de Marcela Estefanía CHOCOBAR, sucedido en nuestra provincia.-
Artículo 2.- OBJETO y FINES. La presente tiene por objeto prevenir y propiciar la reflexión respecto de las condiciones de vida y de acceso a la justicia de las personas que integran el colectivo LGBTI+ en tanto comunidad en situación de vulnerabilidad, por haber sido históricamente víctimas de discriminación, estigmatización y persecución, con la finalidad de concientizar y visibilizar sobre los crímenes de odio que les afectan.-
Artículo 3.- ESTABLÉCESE la promoción de programas y actividades de formación, capacitación y difusión, así como campañas de sensibilización y visibilización con perspectiva de género y diversidades de construyendo las condiciones de posibilidad de la discriminación y derribando las condiciones estructurales de la violencia contra las personas que integran el colectivo LGBTI+ a los fines y objeto de la presente.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 13 de junio de 2024.-
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO N° 0706
RÍO GALLEGOS, 05 de julio de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de junio del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley, se ESTABLECE el día 13 de junio de cada año, como Día de Concientización y Visibilización en Memoria de las Víctimas de los Crímenes de Odio a la Orientación Sexual, Expresión e Identidad de Género y en Conmemoración del Transfemicidio de Marcela Estefanía CHOCOBAR, sucedido en nuestra provincia, previsto en el artículo 129° de la Constitución Provincial;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 39/24, emitido por Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 596/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3865 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de junio del año 2024, mediante la cual se ESTABLECE como Día de Concientización y Visibilización en Memoria de las Víctimas de los Crímenes de Odio a la Orientación Sexual, Expresión e Identidad de Género y en Conmemoración del Transfemicidio de Marcela Estefanía CHOCOBAR, sucedido en nuestra provincia, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social, Igualdad e Integración.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL – Sra. Jazmín María Victorina Macchiavelli