LEY N° 3846
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
ADHESIÓN LEY NACIONAL 27.684
Artículo 1.- ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 27.684 - “Día Nacional del Síndrome Dravet”.-
Artículo 2.- comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS: 14 de marzo de 2024.-
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO N° 0324
RÍO GALLEGOS, 05 de abril de 2024.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 14 de marzo del año 2024; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, la provincia de Santa Cruz se ADHIERE, en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27.684 “Día Nacional del Síndrome Dravet”;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 309/24, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3846 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 14 de marzo del año 2024, mediante la cual la provincia de Santa Cruz se ADHIERE, en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27.684 “Día Nacional del Síndrome Dravet”, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. VIDAL - Dr. Ariel Omar Varela