LEY 3832
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
RECREO DE LA FRUTA
Artículo 1.- ESTABLÉCESE todos los días miércoles del ciclo lectivo el “Recreo de la Fruta”, el cual consiste en jornadas de alimentación saludable en los recreos.-
Artículo 2.- IMPLEMÉNTASE los días miércoles en los kioscos escolares en todas sus modalidades, la venta exclusiva de frutas. -
Artículo 3.- PROMOVER la difusión del Proyecto “Recreo de la Fruta”, en los distintos niveles y modalidades educativos de Santa Cruz.-
Artículo 4.- El Consejo Provincial de Educación tendrá a su cargo la implementación de la presente.-
Artículo 5.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS: 27 de abril de 2023.-
JOSÉ RAMÓN BODLOVIC
Vicepresidente 2º
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
PROMULGADA AUTOMÁTICAMENTE BAJO EL N° 3832