Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3825
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Edición del 03 Julio 2025
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Leyes / publicado el 09 Mayo 2023 / BO 5770

LEY N° 3825

ADHESIÓN LEY NACIONAL 26.815
DECRETO N° 0463/2023 PROMULGATORIO
LEY N° 3825
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de :
L E Y
 
ADHESIÓN LEY NACIONAL 26.815
 
Artículo 1.- ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 26.815, de Manejo del Fuego.-
Artículo 2.- El Consejo Agrario Provincial, a través del área que el mismo determine, será el Organismo Provincial encargado de la aplicación de la Ley Nacional 26.815.-
Artículo 3.- Las sanciones al incumplimiento de esta ley y de la normativa complementaria, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder, serán:
  1. apercibimiento;
  2. multas desde mil cincuenta y tres (1.053) y diecisiete mil quinientos cincuenta (17.550) Módulos, siendo un Módulo el equivalente al valor en Pesos ($) de un litro (1 Lt.) de Gas Oil Diesel Premium del Automóvil Club Argentino (ACA) de la ciudad de Río Gallegos;
  3. clausura del establecimiento;
  4. pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios;
Las sanciones serán aplicables previo procedimiento que asegure el debido proceso legal, y se graduarán de acuerdo a la naturaleza de la infracción.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 27 de abril de 2023.-
 
JOSÉ RAMÓN BODLOVIC
Vicepresidente 2º
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 

 
DECRETO N° 0463
 
RÍO GALLEGOS, 05 de mayo 2023.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril de 2023; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, la provincia de Santa Cruz ADHIERE, a la Ley Nacional 26.815 de Manejo del Fuego;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 15/23 emitido por la Asesoría Ejecutiva dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación y a Nota SLyT-GOB-Nº 402/23, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3825 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril del año 2023, mediante la cual la provincia de Santa Cruz ADHIERE, a la Ley Nacional 26.815 de Manejo del Fuego.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI