Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3799
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Edición del 18 Septiembre 2025
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Leyes / publicado el 27 Septiembre 2022 / BO 5701

LEY N° 3799

TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE PERITO MORENO
DECRETO N° 1240/2022 PROMULGATORIO
LEY N° 3799

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
 
TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE PERITO MORENO
 
Artículo 1.- TRANSFIÉRESE a título gratuito a la Municipalidad de Perito Moreno el inmueble propiedad de la Unidad de Control de la Gestión de la Cartera Residual ubicado en la Manzana 56 - Mitad Oeste del Solar B de dicha localidad con una superficie de 1.250,00 m2, conforme al Título bajo Tomo N° 63 - Folio 91 - Finca 12.307, destinado al uso exclusivo de organizaciones civiles que promuevan los procesos de rehabilitación e inclusión de personas con discapacidad y/o trastornos que conlleven tratamientos especiales.-
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
DADA EN LA DE SESIONES: PERITO MORENO, 26 de mayo de 2022.-
 
Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 


DECRETO N° 1240
 
RÍO GALLEGOS, 21 de septiembre de 2022.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de mayo de 2022 y la Resolución Nº 206 de fecha 08 de septiembre de 2022;
CONSIDERANDO:
Que la ley sancionada en fecha 26 de mayo de 2022 transfiere a título gratuito a la Municipalidad de Perito Moreno el inmueble propiedad de la Unidad de Control de la Gestión de la Cartera Residual ubicado en la manzana 56 - Mitad Oeste del Solar B de dicha localidad con una superficie de 1.250,00 m2, conforme al título bajo Tomo Nº 63 - Folio 91 - Finca 12.307, destinado al uso exclusivo de organizaciones civiles que promuevan los procesos de rehabilitación e inclusión de personas con discapacidad y/o trastornos que conlleven tratamientos especiales;
Que mediante Decreto Nº 0792/22, el Poder Ejecutivo vetó el texto sancionado, formulando propuesta de texto alternativo;
Que por el artículo 1º de la Resolución Nº 206 la Honorable Cámara de Diputados con fecha 08 de septiembre de 2022, aceptó el veto y texto alternativo propuesto mediante el mencionado Decreto;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación, fijando texto definitivo para el artículo observado;
Por ello y atento a Nota AE-SLyT-GOB-Nº 056/22, emitida por la Asesoría Ejecutiva dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3799 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de mayo de 2022 “TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE PERITO MORENO”, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.-
Artículo 2º.- TÉNGASE COMO TEXTO DEFINITIVO para el artículo 1° de la Ley promulgada bajo el Nº 3799, el que a continuación se transcribe:
Artículo 1º.- TRANSFIÉRASE a título gratuito a la Municipalidad de Perito Moreno el inmueble propiedad del Estado provincial conforme el título registrado bajo Tomo Nº 63 - Folio 91 - Finca 12.307 ubicado en la Manzana 56 - Mitad Oeste del Solar “B” de dicha localidad con una superficie de 1250 m2 el que será destinado al uso exclusivo de organizaciones civiles vinculadas y/o que participen en los procesos de rehabilitación e inclusión de personas con discapacidad y/o trastornos que conlleven tratamientos especiales.-
Establécese que la Escribanía Mayor de Gobierno procederá a protocolizar la presente ley y emitir el acto notarial tendiente a perfeccionar la transmisión del dominio a favor del Municipio referido”.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 4º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI