Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0204/2025
Edición del 10 Marzo 2026
Ediciones anteriores
Disposiciones Sintetizadas
« Mar 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31          

Secciones



Disposiciones Sintetizadas / publicado el 10 Marzo 2026 / BO 6089

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0204/2025

ACEPTAR - CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN EL REGISTRO PROV. DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS BAJO EL N° 1577 - “RESERVA ESTANCIA LOS HUEMULES”
DISPOSICIÓN N° 204
 
RÍO GALLEGOS, 27 de noviembre de 2025.-
Expediente Nº 435.933–M.P.C.I./2016; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 769/85, y el Decreto Provincial N° 2185/09, y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.-
ACEPTAR el Cambio de Razón Social en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 1.577 en el rubro ESTABLECIMIENTO TURISMO RURAL, denominado “RESERVA ESTANCIA LOS HUEMULES” cuya explotación comercial se encuentra a cargo de ESTANCIA LOS HUEMULES S.A., C.U.I.T. Nº 30-70890096-6, sito en Ruta Provincial N° 4, Km 17 (al norte, camino Lago del Desierto), ubicado en las coordenadas latitud -49° 13’08.46 S/ longitud -72° 57’3817 O (Altura-snm 460 mts.),  estableciéndose de acuerdo con el Artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 vigencia hasta el 31/10/2030.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico y el armado de paquetes de servicios turísticos.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21, reglamentado por disposición 085-SET/2021 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFÍQUESE al Prestador, en el domicilio indicado en el Artículo 1°.-
 
Lic. DIEGO E. GAMBOA
Secretario de Estado de Turismo
Ministerio de la Producción,
Comercio e Industria

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI