Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.F.yC.A.E.yM.- N° 03/2026
Edición del 26 Febrero 2026
Ediciones anteriores
Disposiciones Sintetizadas
« Feb 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28  

Secciones



Disposiciones Sintetizadas / publicado el 24 Febrero 2026 / BO 6084

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.F.yC.A.E.yM.- N° 03/2026

APROBAR - AUDITORÍA AMBIENTAL DE CUMPLIMIENTO - OBRA PERFORACIÓN DE POZOS PB-894, PB-952, PB-953, PB-954, PB-955 y MANIFOLD MA7BA1 - YACIMIENTO CERRO BAYO - CERRO DRAGÓN - PAN AMERICAN ENERGY S.L.
DISPOSICIÓN N° 03
 
RÍO GALLEGOS, 19 de enero de 2026.-
Expediente N° 945.487/25 recaratulado por la Subsecretaría de Evaluación de Impacto Ambiental dependiente de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético y Minero e iniciado como Exp. 984.405/2022 de la Secretaría de Estado de Ambiente.-
APRUÉBASE la Auditoría Ambiental de Cumplimiento correspondiente a la obra “Perforación de Pozos PB-894, PB-952, PB-953, PB-954, PB-955 y MANIFOLD MA7BA1”, Yacimiento Bayo, Área de Concesión Cerro Dragón, ubicada Provincia de Santa Cruz, presentada por la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L.- Sucursal Argentina”, CUIT N° 30-69554247-6.-
RENUÉVASE a la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L.- Sucursal Argentina, CUIT N° 30-69554247-6, la Declaración de Impacto Ambiental de la obra, correspondiente “Perforación de Pozos PB-894, PB-952, PB-953, PB-954, PB-955 y MANIFOLD MA7BA1”, Yacimiento Bayo, Área de Concesión de Cerro Dragón, de la Provincia de Santa Cruz, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial N° 2658, Decreto Reglamentario N° 007/06, modificatorios y disposiciones concordantes y complementarias; de conformidad a los considerandos que anteceden, con vigencia de 2 (dos) años contado a partir de la firma de la presente.-
Toda modificación o cambio en el proyecto evaluado previo a su ejecución deberá ser notificado ante la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético y Minero.-
La falta de cumplimiento a los Artículos precedentes implicará la suspensión inmediata de los efectos de la presente disposición.-
NOTIFÍQUESE la Declaración de Impacto Ambiental a la empresa requirente, conjuntamente con copia del Dictamen Técnico.-
 
Abg. GASTÓN FERNANDO MIGUEL FARÍAS
Secretario de Estado
Fiscalización y Control Ambiental
Energético y Minero
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI