DISPOSICIÓN N° 263
RÍO GALLEGOS, 16 de mayo de 2024.-
Expediente Nº 425.122/24.-
SANCIÓNASE con TRESCIENTOS (300) MÓDULOS, equivalente a la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 595.800,00), a la Empresa BAHAMONDE BAHAMONDE JUAN ANDRÉS, y/o titular del Dominio: NUG-603, de acuerdo con los art. 21° del Decreto 364/91 - Ley Provincial 799/73.-
NOTIFÍCASE a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Tesorería General de la Provincia de Santa Cruz Nº 01-416144-9 CBU Nº 0860001101800041614490, C.U.I.T. 30-70253399-2, la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco sita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.-
DESE, notificada la presente podrá interponerse Recurso de Reconsideración art. 84° Dec. 181/79, en un plazo de (10) diez días hábiles, Recurso Jerárquico art. 90° Dec. 181/79, en un plazo de (15) quince días hábiles, de no abonar dicha multa se procederá a girar las actuaciones a Fiscalía de Estado para su inicio de ejecución.-
BASILIO FABIÁN KUC
Director Prov. de Conectividad Terrestre
Subsecretaría de Transporte
Ministerio de Producción,
Comercio e Industria