DISPOSICIÓN N° 479
RÍO GALLEGOS, 30 de septiembre de 2024.-
Expediente Nº 100.081/2024.-
SANCIONAR a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), con MULTA de $ 58.820.000 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS), por la infracción a los artículos 4º de la Ley Provincial Nº 3122, y 2º, 3º, 5º y 6º de la Disposición Nº 119-SMA/12, consistentes en: a) haber presentado en debida forma la denuncia de los pasivos ambientales en conjunto con el plan anual de trabajo y su correspondiente cronograma de inversiones, conforme lo establecido en los artículos 4º de la Ley Provincial Nº 3122 y 3º del Decreto Reglamentario Nº 2306; y No haber presentado en debida forma el plan de limpieza, saneamiento y revegetación conforme lo establecidos en los artículos 2º, 3º, 5º y 6º de la Disposición Nº 119-SMA/2012. Ello conforme artículos 5° de la Ley Provincial Nº 3122, y 7° de la Disposición N° 119-SMA/12.-
Las sumas indicadas en el artículo precedente deberá depositarse en la CUENTA 014284782, 137 SA LEY 2658 FF 13, CBU 0860001101800042847822, alias IMPACTO.MULTAS del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaría de Estado de Ambiente.-
Oportunamente, INSCRÍBASE, a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9) en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto N° 007/06.-
IMPONER a la empresa la finalización de los procedimientos previstos en la Ley Provincial Nº 3122, Decreto Reglamentario Nº 2306/11 y Disposición Nº 119-SMA/2012, respecto de los yacimientos concesionados objeto de autos, oportunamente iniciados y tramitados bajo los expedientes administrativos identificados a fs. 04, en el plazo de 30 (TREINTA) días hábiles.-
INVITAR al administrado a adherirse al "Procedimiento voluntario de constitución de domicilio, notificaciones y presentaciones electrónicas y/o en formato digital", aprobado mediante Disposición Nº 550-SEA/2021.-
NOTIFÍQUESE a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), del contenido de la presente, quienes podrán interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su reglamentación.-
SEBASTIÁN GEORGION
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente