DISPOSICIÓN N° 144
RÍO GALLEGOS, 25 de septiembre de 2024.-
Expediente Nº 438.146/M.P.C.I./18; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 2185/09 y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.-
RENOVAR LA INSCRIPCIÓN en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el N° 1701 en el rubro Alojamiento Turístico al establecimiento denominado “LA MATA CALAFATE”, propiedad de la señora ALONSO Silvia Eve, C.U.I.T. N° 27-12623197-6, sito en calle Glaciar Upsala N° 185 de la localidad de El Calafate.-
CLASIFICAR como “DEPARTAMENTOS DE ALQUILER TEMPORARIO” y CATEGORIZAR como “B”, al establecimiento citado en el artículo 1°.-
La presente categoría de acuerdo al artículo 146° del Decreto Provincial N° 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, referida a la intermediación reserva y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual CANON establecido en el Decreto Provincial N° 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR al prestador.-
RUBÉN E. MARTÍNEZ
Director Prov. de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo