Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0076/2024
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Edición del 24 Julio 2025
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 12 Diciembre 2024 / BO 5944

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0076/2024

INSCRIPCIÓN - REGISTRO PROVINCIAL DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS - PORRAS NEMECIO SALVADOR - ALOJAMIENTO TURISTICO  - EL CALAFATE
DISPOSICIÓN N° 076
 
RÍO GALLEGOS, 23 de abril de 2024.-
Expediente Nº 425.413/M.P.C.I./2024; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09 “Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos”.-
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 2394 en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO al establecimiento denominado “JARDÍN DE LA PATAGONIA” presentado por el Señor PORRAS Nemecio Salvador C.U.I.T N° 20-07933988-2, con domicilio fiscal en calle Rufino Barragán N° 1018 Dpto. 3 de la localidad de El Calafate.-
CLASIFICAR como “CASA Y/O DEPARTAMENTO DE ALQUILER TEMPORARIO” y CATEGORIZAR como “B”, al establecimiento citado en el artículo 1º.-
La presente categoría de acuerdo con el artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años y se deberá abonar el CANON ANUAL según clase y categoría.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley y tener el día el pago de CANON ANUAL según clase y categoría.-
De acuerdo con el Decreto Provincial N° 1310/96 en su artículo 2°, el Prestador deberá implementar el Formulario único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual (CANON ANUAL) establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21, reglamentado por disposición 085-SET/21 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR al Prestador, con domicilio indicado en el artículo 1°.-
 
HORACIO PADÍN
Director General de Administración
y Servicios Turísticos
Secretaría de Estado de Turismo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI