DISPOSICIÓN Nº 243
RÍO GALLEGOS, 28 de mayo de 2024.-
Expediente Nº 410.851/MEFeI/2009.-
RECHAZAR la solicitud de renovación del Certificado Ambiental Anual de la empresa “YPF S.A.” C.U.I.T. Nº 30-54668997-9, como GENERADOR DE RESIDUOS PELIGROSOS. Las Unidades Generadoras corresponden a las concesiones otorgadas por la Ley N° 3295 en su “Acta Acuerdo”: Cerro Piedra, Cerro Guadal Norte, Cañadón de la Escondida, Las Heras, Cañadón Mesetas, El Guadal, Lomas del Cuy, Cañadón Vasco, Cañadón Yatel y el área de Magallanes situada en el territorio de la provincia de Santa Cruz, incluyendo además el trámite de concesión de Barranca Yankowsky - provincia de Santa Cruz.-
INTIMAR a la empresa “YPF S.A.”, C.U.I.T. Nº 30-54668997-9, a que en el plazo perentorio e improrrogable de 10 (diez) días subsane las omisiones señaladas en los considerandos del presente como así también en el Informe Técnico N° 095/2024/SEA/ZS, bajo apercibimiento de iniciar las acciones sumariales del caso.-
NOTIFIQUESE al requirente.-
INVITAR nuevamente al administrado a adherirse al "Procedimiento voluntario de constitución de domicilio, notificaciones y presentaciones electrónicas y/o en formato digital", aprobado mediante Disposición Nº 550-SEA/2021.-
SEBASTIÁN GEORGION
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente