Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.F.I/S.C.-N° 0039/2024
Edición del 20 Diciembre 2024
Ediciones anteriores
Disposiciones Sintetizadas
« Dic 2024 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31          

Secciones



Disposiciones Sintetizadas / publicado el 16 Julio 2024 / BO 5900

DISPOSICIÓN M.E.F.I/S.C.-N° 0039/2024

RENOVACIÓN - REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES - FIRMA CRECER DISTRIBUIDORA S.A.S - COMERCIANTE
DISPOSICIÓN Nº 039
 
RÍO GALLEGOS, 19 de febrero de 2024.-
RENOVAR la inscripción en el Registro Único de Proveedores de la Provincia de Santa Cruz a cargo de la Subsecretaría de Contrataciones del Ministerio de Economía Finanzas e Infraestructura, a la firma CRECER DISTRIBUIDORA S.A.S. CUIT 30-71713763-5; con domicilio real en calle Corrientes N° 305 y fiscal en Avenida Asturias N° 591, ambos en Río Gallegos (9400), provincia de Santa Cruz; bajo el Nº 2456 para desarrollar la actividad de Comerciante para los ítems contemplados en los rubros: 1700/03 Productos cosméticos, de tocador y de perfumería – 1900/08 Productos e insumos para limpieza en general – 1900/14 Pañalera; con vigencia a partir del día de la fecha.-
La presente renovación es válida hasta el día 31 DE MARZO DE 2025, vencida dicha fecha quedará inhabilitada para contratar con el Estado Provincial.-
La firma deberá comunicar toda modificación que se opere sobre la documentación presentada dentro de los cinco (5) días de ocurrida. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de las normas pertinentes del Reglamento de Contrataciones del Estado.-
AL REQUERIR LA RENOVACIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN CON DIEZ (10) DÍAS DE ANTICIPACIÓN AL VENCIMIENTO DE LA FECHA ANTES MENCIONADA. -
 
MCP DANIEL SETTEMBRINO
Director de Registro de Proveedores
Subsecretaría de Contrataciones
M.E.F.I.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI