Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI/S.E.T.-N° 0085/2023
Edición del 14 Mayo 2024
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 04 Abril 2024 / BO 5868

DISPOSICIÓN M.P.C.eI/S.E.T.-N° 0085/2023

INSCRIPCIÓN REGISTRO PROVINCIAL ACTIVIDADES TURÍSTICAS - CASA PIEDRA BUENA - ALOJAMIENTO TURISTICO - EL CALAFATE
DISPOSICIÓN N° 085

RÍO GALLEGOS, 10 de octubre de 2023.-
Expediente N° 423.537-M.P.C.I./2023; la Ley Provincial de Turismo N° 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial N° 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09, y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.-
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el N° 2318 en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO al establecimiento denominado “CASA PIEDRA BUENA”, presentado por el Sr. RODRIGO Facundo Matías C.U.I.T N° 20-33023394-0, sito en calle Comandante Luis Piedra Buena N° 287, de la localidad de El Calafate.-
CLASIFICAR como “CASA Y/O DEPARTAMENTOS DE ALQUILER TEMPORARIO” y CATEGORIZAR como “B”, al establecimiento citado en el artículo 1°.
La presente categoría de acuerdo al artículo 146° del Decreto Provincial N° 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional N° 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
De acuerdo al Decreto Provincial N° 1310/96 en su artículo 2°, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial N° 432/21, reglamentado por Disposición 085-SET/2021 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR al prestador en el domicilio indicado en el artículo 1°.-
 
Lic. LUCIO LLANCAPAN
Director Provincial de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS