Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0538/2022
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Edición del 11 Julio 2025
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 06 Febrero 2024 / SUP BO 5851

DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0538/2022

APROBACIÓN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EMPRESA “COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A.” - OBRA “PERFORACIÓN POZOS EL CERRITO OESTE C1A, EL CERRITO OESTE C1C, EL CERRITO OESTE C1D, EL CERRITO OESTE C1G, EL CERRITO OESTE S7 Y CONSTRUCCIÓN DE LÍNEAS DE CONDUCCIÓN”  
DISPOSICIÓN N° 538
 
RÍO GALLEGOS, 07 de septiembre de 2022.-
Expediente N° 983.237/MSA/2022.-
APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental de la obra “Perforación Pozos El Cerrito Oeste C1a, El Cerrito Oeste C1c, El Cerrito Oeste C1d, El Cerrito Oeste C1g, El Cerrito Oeste S7 y Construcción de Líneas de Conducción” ubicada en Concesión campo Indio Este - El Cerrito - provincia de Santa Cruz, presentado por la empresa “COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A.”, C.U.I.T.: 30-50673393-2.-
EMITIR la presente Declaración de Impacto Ambiental con vigencia de 2 (dos) años contado a partir de la firma de la presente. Déjese constancia que este Acto Administrativo cumple con las exigencias previstas en los artículos 4°, 16° y 18° de la Ley Provincial N° 2658 y 33°, 35° y ccdtes. del Decreto N° 07/06 y demás normativas citadas.-
TENER por abonada la Tasa Administrativa equivalente a 723 módulos, así como también la Tasa de Contralor por un monto de $ 7.929.614 (pesos siete millones novecientos veintinueve mil seiscientos catorce).-
La presente Disposición de aprobación, no exime al titular del emprendimiento de solicitar las autorizaciones que resulten pertinentes para el inicio de la ejecución del proyecto.-
La falta de cumplimiento de los artículos precedentes implicará la suspensión inmediata de los efectos de la presente disposición.-
Toda modificación o cambio en el proyecto evaluado previo a su ejecución deberá ser notificado ante la Secretaría de Estado de Ambiente.-
Previo al inicio de las obras, la proponente deberá acreditar la contratación de una póliza de seguros por daño ambiental de incidencia colectiva, en los términos y con los alcances establecidos por la Disposición N° 366-SMA/12, artículo 29° de la Ley 2658, artículos 68° y 69° Capítulo XII del Decreto Reglamentario N° 007/06 y artículo 22° de la Ley 25.675.-
NOTIFÍQUESE en los términos de la Disposición N° 550-SEA/2021.-
 
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI