Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0326/2022
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Edición del 26 Junio 2025
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 16 Enero 2024 / SUP BO 5845

DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0326/2022

SANCIONAR - EMPRESA AGGREKO ARGENTINA S.R.L. - MULTA
DISPOSICIÓN N° 326
 
RÍO GALLEGOS, 07 de junio de 2022.-
Expediente Nº 982.065/2022.-
SANCIONAR a la empresa AGGREKO ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-71036052-5), con MULTA de $ 600.000 (SEISCIENTOS MIL PESOS), por infracción a los artículos 5° de la Ley Provincial N° 2567, y 5°, 11°, 12° y 18° del Anexo A de su Decreto Reglamentario N° 712/02, como consecuencia de no haber llevado adelante en debida forma el procedimiento técnico administrativo allí previsto tendiente a la obtención del Certificado Ambiental Anual exigido, y haber desarrollado su actividad sin el documento habilitante. Ello conforme al artículo 11º de la Ley Provincial Nº 2567.-
La suma indicada en los artículos precedentes deberá depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud - Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaría de Estado de Ambiente.-
Oportunamente INSCRÍBASE a la empresa AGGREKO ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-71036052-5) en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto 007/06.-
IMPONER a la empresa AGGREKO ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-71036052-5) la realización del procedimiento técnico administrativo previsto en el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 2567, y 5°, 11°, 12º y 18° del Anexo A de su Decreto Reglamentario Nº 712/02, en cuanto a la obtención y vigencia del Certificado Ambiental Anual.-
INVITAR al administrado a adherirse al "Procedimiento voluntario de constitución de domicilio, notificaciones y presentaciones electrónicas y/o en formato digital", aprobado mediante Disposición Nº 550-SEA/2021.-
NOTIFÍQUESE a la empresa AGGREKO ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-71036052-5) del contenido de la presente, quien podrá interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su reglamentación.-
 
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI