DISPOSICIÓN N° 138
RÍO GALLEGOS, 04 de marzo de 2022.-
Expediente N° 982.677/2022.-
SANCIONAR a la empresa CRIASUR S.A., (CUIT N° 30-71405460-7) con APERCIBIMIENTO por la infracción a los artículos 4° de la Ley Provincial N° 2658 y 37° y 70° de su Decreto Reglamentario N° 07/06, como consecuencia de no haber llevado adelante en debida forma el procedimiento técnico administrativo allí previsto tendiente a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental, y haber desarrollado su actividad sin el documento requerido.-
Oportunamente, INSCRÍBASE a la empresa CRIASUR S.A., (CUIT N° 30-71405460-7) en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto N° 007/06.-
INVITAR al administrado a adherirse al “Procedimiento voluntario de constitución de domicilio, notificaciones y presentaciones electrónicas y/o en formato digital”, aprobado mediante Disposición N° 550-SEA/2021.-
IMPONER a la empresa CRIASUR S.A., la realización del procedimiento técnico administrativo en la Ley Provincial N° 2658 orientado a la obtención de la Declaratoria de Impacto Ambiental en el plazo de diez (10) días.-
NOTIFIQUESE a la empresa CRIASUR S.A., del contenido de la presente, quien podrá interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo N° 1260 y su reglamentación.-
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente