Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0020/2023
Edición del 05 Diciembre 2025
Ediciones anteriores
Disposiciones Sintetizadas
« Dic 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

Secciones



Disposiciones Sintetizadas / publicado el 21 Noviembre 2023 / BO 5829

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0020/2023

INSCRIPCIÓN REGISTRO PROVINCIAL ACTIVIDADES TURÍSTICAS - ALOJAMIENTO TURÍSTICO - RUCA NEL - HOSTERÍA/2 ESTRELLAS - EL CALAFATE
DISPOSICIÓN N° 020
 
RÍO GALLEGOS 08 de marzo de 2023.-
Expediente Nº 422.046-M.P.C.I./2023; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09.-
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 2271 en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO al establecimiento denominado “RUCA NEL”, presentado por el Sr. RODRÍGUEZ C.U.I.T N° 30-71719813-8, sito en calle Máximo Eduardo Villalba Nª 732, de la localidad de El Calafate.-
CLASIFICAR como “HOSTERIA” y CATEGORIZAR como 2 ESTRELLAS”, al establecimiento citado en el artículo 1º.-
La presente categoría de acuerdo al artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21, reglamentado por disposición 085-SET/2021 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR al prestador en el domicilio indicado en el artículo 1°.-
 
Lic. LUCIO LLANCAPAN
Director Provincial de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI