Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0584/2021
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 15 Agosto 2023 / SUP BO 5801

DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0584/2021

SANCIONAR - EMPRESA PAN AMERICAN ENERGY S.L.
DISPOSICIÓN N° 584
 
RÍO GALLEGOS, 22 de octubre de 2021.-
Expediente Nº 978.900/2020.-
SANCIONAR a la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L. (CUIT N° 30-67031106-2), por la infracción a los artículos 23° b) 25º y 26º del Anexo A de la Disposición Nº 343/08, consistente en la falta de realización de Inspección de Integridad ni la presentación de la Auditoría Técnica Inicial (Formulario A2) de los Tanques Aéreos de Almacenamiento de Hidrocarburos y sus derivados (TAAH) Nº GTKGN30 y GTKON32 con MULTA equivalente al precio de CINCO MIL LITROS de Nafta Súper al momento de la verificación de la Infracción por cada TAAH. Es decir la suma total de $ 454.400.- (CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS PESOS). Ello conforme artículo 49° del Anexo A de la Disposición N° 343-SMA/08.-
SANCIONAR a la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L. (CUIT N° 30-67031106-2), por la infracción al artículo 9º del Anexo A de la Disposición Nº 343/08, consistente no consignar en debida forma mediante la placa identificatoria correspondiente los datos del Tanque Aéreo de Almacenamiento de Hidrocarburos y sus derivados (TAAH) Nº GTKALA310 con MULTA equivalente al precio de MIL LITROS de Nafta Súper al momento de la verificación de la Infracción por cada TAAH. Es decir la suma total de $ 45.440.- (CUARENTA y CINCO MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA PESOS). Ello conforme artículo 49° del Anexo A de la Disposición N° 343-SMA/08.-
Las sumas indicadas en los artículos precedentes deberán depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud - Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaría de Estado de Ambiente.-
Oportunamente, INSCRÍBASE a la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L. CUIT N° 30-67031106-2, en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto 007/06.-
IMPONER a la empresa el cumplimiento de los procedimientos previstos en los artículos 9°, 23º inciso b), 25º y 26º del Anexo A de la Disposición Nº 343/08 respecto del TAAH objeto de autos, en el plazo de diez (10) días hábiles conforme lo establecido en el artículo 1° inciso e) apartado 4 de la Ley Provincial N° 1260.-
CLAUSURAR en los términos del artículo 47° del Anexo A de la Disposición N° 343-SMA/08, los TAAH Nº GTKGN30 y GTKON32 hasta tanto se acredite el cumplimiento de los procedimientos previstos en los artículos 9°, 23º incisos b), 25º y 26º de la misma.-
NOTIFÍQUESE a la empresa PAN AMERICAN ENERGY S.L. CUIT N° 30-67031106-2, del contenido de la presente, quien podrá interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su reglamentación.-
 
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI