DISPOSICIÓN N° 583
RÍO GALLEGOS, 04 de octubre de 2021.-
Expediente N° 980.868/2021.-
SANCIONAR a la empresa YPF S.A., CUIT Nº 30-54668997-9, con MULTA de $ 500.000 (QUINIENTOS MIL PESOS), por la infracción a los artículos 27°, 29° y ccdtes., de la Ley Nacional Nº 25.675 y 28° del Anexo A del Decreto Reglamentario N° 712/02 de la Ley Provincial N° 2567, consistente en haber ocasionado daño ambiental, modificando negativamente el ambiente como consecuencia de la presencia de hidrocarburos en suelo, provocado por la corrosión interna y externa de la cañería del Oleoducto CG-10, ubicado en el Yacimiento Cerro Grande. Ello conforme artículos 27° y 28º del Anexo A del Decreto N° 712/02.-
La suma indicada en el artículo precedente deberá depositarse en CUENTA Nº 013206040 M. de Salud - Cobro de Multas Ley, CBU 0860001101800032060404, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaría de Estado de Ambiente.-
Oportunamente, inscríbase, a la empresa YPF S.A., CUIT Nº 30-54668997-9, en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto N° 007/06.-
IMPONER a la empresa YPF S.A., CUIT Nº 30-54668997-9 la realización y entrega del Informe Final de Saneamiento.-
NOTIFÍQUESE a la empresa YPF S.A., CUIT Nº 30-54668997-9 del contenido de la presente, quien podrá interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su reglamentación.-
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente
